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REPRO II: por la finalización del ATP, se incorporan sectores críticos desde enero y adecúan la reglamentación del Programa

El Ministerio de Trabajo adecuó la reglamentación del Programa REPRO II como consecuencia de la finalización del ATP como ayuda para el pago de salarios.

La Resolución (MTEySS) 1027/2020 establece que podrán presentarse al “Programa REPRO II” los empleadores y empleadoras cuyas actividades hayan sido consideradas críticas en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y empleadores y empleadoras del sector de la Salud, de acuerdo a las condiciones establecidas oportunamente por el programa citado en último término.

Dicha modificación será de aplicación a partir de los salarios devengados en el mes de enero de 2021.

Asimismo, y a partir de los salarios devengados en el mes de diciembre de 2020, se modifica la información que las empleadoras y los empleadores deberán presentar:

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  • Se incorpora la nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y la Clave Bancaria Uniforme de la trabajadora o del trabajador, y
  • Se dispone que la certificación contable será obligatoria solo para empleadores o empleadoras cuyas empresas cuenten con 800 o más trabajadores y trabajadoras. Para el resto, alcanzará con una certificación del empleador o empleadora, o representante legal.

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