El Ministerio de Trabajo oficializó las fechas de inscripción al beneficio REPRO para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre octubre y diciembre de 2022.
A través de la Resolución (MTEySS) 1333/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, se establecen las fechas de inscripción, de facturación y de nómina (F-931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina para el “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO) para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre octubre y diciembre de 2022.
Recordamos que mediante la Resolución N° 420 del 18 de abril de 2022 del mencionado Ministerio, se creó el Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo (REPRO), el cual tiene como objeto establecer un subsidio a la nómina salarial de las empresas que ingresen al mismo, toda vez que el beneficio consistirá en una asignación dineraria individual a abonar a los trabajadores y las trabajadoras, a cuenta del pago de las remuneraciones a cargo de los sujetos empleadores adheridos al Programa, de acuerdo a las condiciones establecidas en la normativa.
Para acceder al Programa, los empleadores y empleadoras, además de cumplir con los requisitos e indicadores del programa, deberán presentar un “Plan de recuperación económica, productiva y laboral” que sea consistente, veraz y factible, el cual será objeto de evaluación por parte del Ministerio.
Antes, por Resolución N° 624/2022 se establecieron las fechas de inscripción, de facturación y de nómina (F -931), los Cortes de actualización de C.B.U. y los cortes de bajas en nómina detallados, para los salarios devengados durante los meses comprendidos entre mayo a septiembre de 2022.
De acuerdo a la norma publicada hoy, las fechas indicadas son las siguientes:
MES DEVENGADO | FECHAS DE INSCRIPCIÓN | Corte actualización CBU | Facturación | Nómina (F931) | Corte de actualización de bajas en nómina | ||
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OCTUBRE | 25/10 al 31/10 | 23 de octubre inclusive | Septiembre de 2019/ Septiembre de 2022 | Septiembre de 2022 | Hasta 23 de octubre inclusive | ||
NOVIEMBRE | 24/11 al 30/11 | 22 de noviembre inclusive | Octubre de 2019/ Octubre de 2022 | Octubre de 2022 | Hasta 22 de noviembre inclusive | ||
DICIEMBRE | 23/12 al 30/12 | 21 de diciembre inclusive | Noviembre de 2019/ Noviembre de 2022 | Noviembre de 2022 | Hasta 21 de diciembre inclusive |
No considerar criterio de facturación para empresas iniciadas con posterioridad al 01/01/2019 |