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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Resumen: Se convoca a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 8 de agosto de 2018 para la determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil entre otros temas a tratar.
Estado de la Norma: Vigente
B.O. 3/8/2018
Vigencia y Aplicación: a partir del 3/8/2018
Organismo Emisor: Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo,Vital y Móvil
Cantidad de Artículos: 4
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
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Resolución N° 3/18 CNEPySMVyM[/spoiler]
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
VISTO el EX-2018-36780064-APN-DGD#MT, la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, los Decretos N° 2725 del 26 de diciembre de 1991 y sus modificatorios, N° 1095 del 25 de agosto de 2004 y su modificatorio N° 602 del 19 de abril de 2016, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617 del 2 de septiembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 24.013 y sus modificatorias se creó el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL.
Que a través de los Decretos N° 2725/91 y sus modificatorios y N° 1095/04 y su modificatorio N° 602/16, se regularon distintos aspectos operativos del mencionado órgano.
Que por Decreto N° 602/16 se designó al suscripto en carácter de Presidente de dicho Consejo.
Que de acuerdo al artículo 1° del Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/04, corresponde al titular del cuerpo disponer la convocatoria a las sesiones plenarias.
Que conforme lo normado por el artículo 2° del mencionado Reglamento, constituye una facultad del Presidente del Consejo la fijación del Orden del Día de las sesiones plenarias ordinarias y de las extraordinarias convocadas de oficio.
Que en consecuencia, resulta pertinente decidir la convocatoria a sesión plenaria ordinaria del órgano así como disponer la convocatoria a reuniones de las comisiones establecidas oportunamente, fijando los temarios respectivos.
Que en virtud de conexidad temática existente en las cuestiones que vienen siendo abordadas por las comisiones de Empleo y de Formación Profesional, se estima necesario que ambos cuerpos sesionen de manera conjunta (artículo 23 del Reglamento).
Que finalmente, se deben dejar asentadas las previsiones relativas a los supuestos contemplados en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1° del Decreto N° 602/16 y el Reglamento de Funcionamiento del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, aprobado por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 617/04.
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[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1°.- Convócase a los integrantes del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, a reunirse en sesión plenaria ordinaria el día 8 de agosto de 2018, a las QUINCE (15) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Fíjase como Orden del Día de la sesión mencionada en el artículo anterior, el siguiente:
1. Designación de DOS (2) Consejeros presentes de cada sector para la suscripción del acta.
2. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DEL SALARIO, MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO.
3. Consideración de los temas elevados en reunión conjunta al plenario por la COMISIÓN DE EMPLEO y la COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL.
4. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD.
5. Consideración de los temas elevados al plenario por la COMISIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL.
Déjase establecida, a los fines previstos en el artículo 137 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, la convocatoria a segunda sesión para las DIECISÉIS TREINTA (16.30) horas de ese mismo día.
ARTÍCULO 3°.- Convócase a los integrantes de las Comisiones aludidas en el artículo anterior a reunirse en sus respectivas sesiones el día 8 de agosto de 2018, a partir de las OCHO TREINTA (8.30) horas, en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Av. Leandro N. Alem N° 650, piso 18, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde donde se dirigirán a las NUEVE (9) horas a los recintos asignados al efecto para tratar lo siguiente:
COMISIÓN DEL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO – ORDEN DEL DÍA –
1. Determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil. (artículo 135, inciso a), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).
2. Determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo (artículo 135, inciso b), de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias).
COMISIÓN DE EMPLEO Y COMISIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL – ORDEN DEL DÍA –
1. Agenda de trabajo conjunto de las Comisiones. Informe al Plenario.
COMISIÓN DE PRODUCTIVIDAD – ORDEN DEL DÍA –
1. Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.
COMISIÓN PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIAD SOCIAL – ORDEN DEL DÍA –
1. Agenda de trabajo de la Comisión. Informe al Plenario.
ARTÍCULO 4°.- De forma.
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