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Resolución 178/20 MTEySS: Licencia excepcional para trabajadores que regresen al país de zonas afectadas por el coronavirus.

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La Resolución 178/20 MTEySS dispone licencia excepcional a  trabajadores del sector público o privado para evitar la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19).


Resolución 178/20 MTEySS

Licencia excepcional

La Resolución 178/20 MTEySS dispone licencia excepcional a  trabajadores del sector público o privado para evitar la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19).


SUMARIO

Se otorga licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado en relación de dependencia que habiendo ingresado al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.

resolucion 178/20, resolucion 139/20, resolucion 101/20 mteyssDicha licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir.

 


ANÁLISIS

Estado de la Norma: DEROGADA

Fecha: 6/3/2020

B.O. 10/3/2020

Vigencia y Aplicación: a partir del 10/3/2020

Organismo Emisor: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: –


Norma derogada mediante art. 1° de la Resolución 202/20 MTEySS B.O. 14/3/2020 (Suplemento) con vigencia desde el día de su publicación.

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FUNDAMENTOS

VISTO las recomendaciones con origen en el Ministerio de Salud de la Nación, y

CONSIDERANDO

Que el nuevo coronavirus (COVID-19), como es de público conocimiento, se propaga aceleradamente a nivel mundial.

Que las áreas competentes trabajan incansablemente para proteger la salud de la población,

Que atento que el virus que causa el COVID – 19 se está propagando de persona a persona, resulta de vital importancia la pronta aislación de ellas a efectos que no representen un riesgo de infección para otras.

Que en tal sentido es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que esta urgente necesidad de aislamiento de personas en riesgo eventual de padecer la enfermedad, genera.

Que por tal motivo, corresponde brindar a los trabajadores y trabajadoras, tanto del sector público cuanto del sector privado en relación de dependencia, las garantías que derivadas de su relación de trabajo pudieran verse afectadas por esta contingencia, de manera tal que la misma no altere los derechos que le son normativamente reconocidos.

Que a tal fin, corresponde otorgarles con carácter excepcional licencia especial que permita cumplir con las prevenciones sanitarias establecidas en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes sin que tal situación afecte cualesquiera de los elementos esenciales de su vínculo laboral, necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar.


RESUELVE

Art. 1º. Otórguese licencia excepcional a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado en relación de dependencia que habiendo ingresado al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.

Art. 2º. La licencia establecida en el artículo precedente no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir.

Art. 3°. La licencia excepcional prevista en la presente no se computará a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.

Art. 4°. Autorícese a la Secretaría de Trabajo a dictar las normas reglamentarias y complementarias a que la presente pudiera dar lugar.

Art. 5°. De forma.


FUENTE

Texto según Resolución 178/20 MTEySS publicada en Boletín Oficial del 10/3/2020


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Resolución 178/20, Licencia excepcional coronavirus, Ministerio de Trabajo,  

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