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Resolución 215/17 SEPyME: Se Convoca a la Presentación de Proyectos en el Marco de Programas de Capacitación PyME Bajo el Régimen de Crédito Fiscal

Convócase a la presentación de Proyectos a ejecutarse en el marco de los Programas de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317.


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Síntesis: Convócase a la presentación de Proyectos a ejecutarse en el marco de los Programas de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317.

Estado de la Norma: Vigente

B.O. 09/06/2017

Vigencia y Aplicación: 09/06/2017 (s/ Artículo 9°)

Complementa a:

  • Ley N° 22317
  • Decreto N° 819/98
  • Decreto N° 434/99
  • Resolución N° 22/16 SEPyME
  • Resolución N° 480/16 SEPyME

Complementada por:

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Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2017

[spoiler title=’VISTO’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

El Expediente EX-2016-05096611- -APN-DDYME#MP, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300, 27.264 y 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 357 defecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y 1 de fecha 4 de enero de 2016, las Resoluciones Nros. 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificaciones, 22 de fecha 17 de mayo de 2016, 148 de fecha 15 de julio de 2016 y 480 de fecha 23 de diciembre de 2016, todas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y la Disposición N° 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias, y

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[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, asignándole a la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del mencionado Ministerio, la competencia para planificar y programar políticas y acciones para la promoción de la actividad emprendedora y de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con sentido federal.

Que, a través, del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016, se establecieron los objetivos para la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, asignándole competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y su modificatoria, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que mediante el inciso b) del Artículo 26 de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3° de la Ley N° 22.317 para la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($ 120.000.000).

Que por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación.

Que es intención de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, beneficiar al mayor número de Micro, Pequeñas y Mediana Empresas de todo el país con programas que tiendan a mejorar la productividad de las empresas y de la gestión organizacional y/o administrativa, a apoyar proyectos de innovación y desarrollo (nuevos procesos, diseño de productos y desarrollo de software, entre otros) de las empresas, a favorecer la ampliación de mercados a nivel nacional e internacional, a mejorar la formulación de proyectos de financiamiento y de proyectos especiales, a capacitar en el armado de Planes de negocio y Viabilidad técnica de propuestas y a generar capacidades en las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas para la certificación de normas.

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Que, en función de ello, mediante la Resolución N° 148 de fecha 15 de julio de 2016 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó e implementó el Programa “Expertos Pyme”, que tiene como finalidad la transmisión de conocimientos y de experiencia orientados hacia las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que permiten asistir a las empresas en temáticas tales como desarrollo de mercados, gestión empresarial, diseño y mejora de la productividad, transferencia de tecnologías, entre otros.

Que los profesionales del mencionado programa, poseen experiencia verificable en las temáticas a ofrecer y que dicho conocimiento es conveniente transferirlo a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, siendo aptos para inscribirse como unidades capacitadoras del programa de Crédito Fiscal.

Que, toda vez, que el Programa “Expertos Pyme” contiene un componente de capacitación orientado a las Pequeñas y Medianas Empresas, transmitiéndoles conocimiento práctico en la aplicación de soluciones y brindándoles asistencia técnica y/o servicios profesionales a los fines de su capacitación, se encuentra comprendido por las previsiones de la Ley N° 22.317.

Que es de interés de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, apoyar a cualquier Micro, Pequeñas y Mediana Empresa que desee formar a sus miembros en cualquier temática que influya positivamente en la mejora productiva.

Que es conveniente asegurar que las empresas puedan acceder a elegir al capacitador de su preferencia.

Que, en función de ello y en virtud de los objetivos de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, resulta necesario ampliar la capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, a través de profesionales capacitados, correspondiendo en esta instancia efectuar el llamado para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación, con la inclusión de la modalidad para las Capacitaciones Asistidas por Expertos Pyme.

Que, por lo expuesto, corresponde realizar la convocatoria a la Presentación y Ejecución de Proyectos – Año 2017 a ejecutarse en el Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de la Ley N° 22.317, aprobar las bases y condiciones de acceso y los criterios de evaluación de proyectos.

Que, por otro lado, con relación a la convocatoria de Crédito Fiscal efectuada en el año 2016, se debe mencionar que el Sistema Informático en línea ha sufrido modificaciones para la adaptación a la convocatoria de Crédito Fiscal 2017 y ello ha traído complicaciones a las empresas para la carga de las rendiciones de cuentas correspondientes al Llamado de Crédito Fiscal 2016.

Que, ante esta situación y a efectos de no causar perjuicios a las empresas, resulta conveniente ampliar los plazos establecidos en el Artículo 10.2 del Anexo I de la Resolución N° 22 de fecha 17 de mayo de 2016 y en el Artículo 4° de la Resolución N° 480 de fecha 23 de diciembre de 2016, ambas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, hasta el día 30 de junio de 2017 inclusive, para la presentación de las rendiciones de cuentas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 22.317 y por los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 357/02 y sus modificaciones.[/spoiler]

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Por ello,

EL SECRETARIO DE EMPRENDEDORES

Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos a ejecutarse en el marco de los Programas de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse las Bases y Condiciones para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos – Año 2017 a ejecutarse bajo el Régimen de Crédito Fiscal, que como Anexo I (IF-2017-11167993-APN-DNPPYME#MP) con Anexos I-A, I-B y I-C, y Anexo II (IF-2017-11167736-APN-DNPPYME#MP) forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Determínase que las empresas que desarrollen las actividades que se encuentran comprendidas en el Anexo III que, como IF-2017-09053350-APN-DNPPYME#MP, forma parte integrante de la presente medida, se encuentran excluidas del Régimen de Crédito Fiscal.

ARTÍCULO 4°.- La convocatoria a las distintas modalidades de capacitaciones se realizará bajo la modalidad de ventanilla abierta, pudiendo los interesados presentar Proyectos de Capacitación desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial y en todo momento hasta las DIECISÉIS HORAS (16:00 hs.) del día 31 de octubre de 2017, o hasta agotar el cupo anual asignado al Régimen de Crédito Fiscal, lo que ocurra primero. El agotamiento del cupo será comunicado por la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, dependiente de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, a través de un enlace de la página web institucional del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN. (Por Artículo 1° de la Resolución N° 560/17 SEPyME se prorroga el plazo establecido en el presente artículo, con vencimiento hasta las DIECISÉIS HORAS (16:00 hs.) del día 31 de octubre de 2017, a las DIECISÉIS HORAS (16:00 hs.) del día 30 de noviembre de 2017, o hasta agotar el cupo anual asignado al Régimen de Crédito Fiscal, lo que ocurra primero. Vigencia desde el 30/10/2017)

ARTÍCULO 5°.- Asígnase al Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES ($ 120.000.000), de los cuales le corresponderán a la modalidad de Capacitación Asistida por Expertos Pyme la suma de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000).

ARTÍCULO 6°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a convocar y ejecutar el Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa bajo el Régimen de Crédito Fiscal de la Ley Nº 22.317. La SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA podrá reasignar los cupos no asignados al día 30 de julio de 2017.

ARTÍCULO 7°.- Amplíanse los plazos establecidos en el Artículo 10.2 del Anexo I de la Resolución N° 22 de fecha 17 de mayo de 2016 y en el Artículo 4º de la Resolución N° 480 de fecha 23 de diciembre de 2016, ambas de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, hasta el día 30 de junio de 2017 inclusive, para la presentación de las rendiciones de cuentas.

ARTÍCULO 8°.- Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la difusión del Programa de Capacitación de la Pequeña y Mediana Empresa y del Programa de Capacitación Asistida por Expertos Pyme a través de los organismos competentes.

ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Mariano Mayer.

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 Fecha de publicación 09/06/2017

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