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Resolución 33/18 ST ✔ Homologación. Estaciones de Servicio. Obreros y Empleados FECRA. CCT 521/07. Acuerdos del 1/4/2018 y 1/8/2018. Escala Salarial Desde 4/2018 y 7/2018. Sumas No Remunerativas en 8/2018 y 9/2018.

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Se declara homologado el acuerdo celebrado entre el Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE), la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, por la parte sindical y la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina; de fecha 22/6/2018 y 11/7/2018; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 521/07, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de abril y 1° de agosto de 2018 respectivamente.


Sumario: Se declara homologado el acuerdo celebrado entre el Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE), la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, por la parte sindical y la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina; de fecha 22/6/2018 y 11/7/2018; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 521/07, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de abril y 1° de agosto de 2018 respectivamente.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 27/9/2018

B.O.

Vigencia y Aplicación: a partir del 27/9/2018

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación

Cantidad de Artículos: 6

Anexos: 2


Art. 1 – Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE), la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, por la parte sindical y la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina, que luce a fs. 3/4 y 6/7 del Expte. 1.797.992/18, conforme lo dispuesto en la Ley 14.250 (t.o. en 2004).

Art. 2 – Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE), la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina, por la parte sindical y la Federación de Empresarios de Combustible de la República Argentina, que luce a fs. 58/60 del Expte. 1.797.992/18, conforme lo dispuesto en la Ley 14.250 (t.o. en 2004).

Art. 3 – Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro de los acuerdos obrante a fs. 3/4, 6/7 y 58/60 del Expte. 1.797.992/18.

Art. 4 – Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el art. 245 de la Ley 20.744 (t.o. en 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Conv. Colect. de Trab. 521/07.

Art. 5 – Hágase saber que en el supuesto de que este Ministerio de Producción y Trabajo no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos homologados y de esta resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del art. 5 de la Ley 14.250 (t.o. en 2004).

Art. 6 – De forma.


Buenos Aires, 16 de octubre de 2018

Expte. 1.797.992/18

De conformidad con lo ordenado en la Res. S.T. 33/18 se ha tomado razón de los acuerdos obrante a fs. 3/4, 6/7 y 58/60 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los Nº 914/18 y 915/18, respectivamente.


ACUERDO 914/2018

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ACUERDO 915/2018

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