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Resolución 342/18 ATER (Entre Ríos). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sujetos que Prestan Servicios de Cobros y Pagos Online. Régimen de Retención. Adecuaciones.

Se elimina la exclusión como sujetos pasibles de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, para las industrias radicadas en la Provincia de Entre Ríos que posean el certificado anual vigente emitido por la Dirección de Industria y la constancia emitida por la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Se incorporan nuevos sujetos obligados a actuar como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos.


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Resumen: Se elimina la exclusión como sujetos pasibles de retención del impuesto sobre los ingresos brutos, para las industrias radicadas en la Provincia de Entre Ríos que posean el certificado anual vigente emitido por la Dirección de Industria y la constancia emitida por la Administradora Tributaria de Entre Ríos. Se incorporan nuevos sujetos obligados a actuar como agentes de retención del impuesto sobre los ingresos brutos.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 1/10/2018

B.O. (Entre Ríos)

Vigencia y Aplicación: a partir del 1/10/2018

Organismo Emisor: Administradora Tributaria de Entre Ríos.

Cantidad de Artículos: 3

Anexos: 1[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

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Resolución N° 351/16 DGR (Entre Ríos)

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO:

La Resolución N° 351/16 ATER; y


CONSIDERANDO:

Que la citada Resolución establece un Régimen de Retención del Impuesto sobre los ingresos Brutos para los sujetos que presten servicios de gestión de pagos y cobro mediante plataformas de comercio electrónico en línea; y

Que es necesario actualizar la nómina de Agentes de Retención enunciados en el Anexo I; y

Que tomado intervención el Departamento Legislación y analizados los fundamentos expuestos, considera que no existen objeciones legales que formular, opinión compartida con la Dirección de Asuntos Jurídicos; y

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 10091 y el Código Fiscal (t.o. 2014); y

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[restab title=»RESUELVE»]

Art. 1 – Derógase el inciso e) de los artículos 4 y 5 de la resolución (ATER) 351/2016.




Art. 2 – Sustitúyese el Anexo I de la resolución (ATER) 351/2016, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 3 – De forma.

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[restab title=»ANEXO»]

ANEXO I

NÓMINA DE AGENTES DE RETENCIÓN – RESOLUCIÓN (ATER) 351/2016

CUIT

Denominación

30703088534

Mercado Libre SRL

30709186295

Compañía de Medios Digitales (CMD)

30708743514

E-payments SA

30714600288

Botón de Pago SA

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