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Resolución 51/19 DPR (Neuquen) ✔ Ingresos Brutos. Declaración Jurada Anual Contribuyentes Locales. Módulo SIFERE Web Locales. Aprobación.

Se aprueba el módulo DD.JJ. “Generación de declaraciones juradas anuales SiFeRe Web locales” a los fines de la confección y presentación de la referida declaración jurada anual.


Sumario: Se aprueba el módulo DD.JJ. “Generación de declaraciones juradas anuales SiFeRe Web locales” a los fines de la confección y presentación de la referida declaración jurada anual.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 7/2/2019

B.O. (Neuquen)  15/2/2019

Vigencia y Aplicación: a partir del 15/2/2019

Organismo Emisor: Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Neuquen

Cantidad de Artículos: 4 (Ver)

Anexos: 1 (Ver)


Art. 1 – Aprúebese el módulo DD.JJ. “Generación de declaraciones juradas anuales SiFeRe Web locales” a los fines de la confección y presentación de la referida declaración jurada anual, conforme se detalla en el Anexo Unico de la presente resolución.

Art. 2 – Establécese que el módulo opera a través del sitio (www.afip.gob.ar), en el cual está disponible la descripción de las funcionalidades del sistema SiFeRe locales –provincia de Neuquén–.

Art. 3 – Hágase saber que los datos contenidos en las declaraciones juradas transmitidas a través del presente módulo, quedarán registrados en la base de datos de la Dirección Provincial de Rentas.

Art. 4 – De forma.


ANEXO ÚNICO – Sistema SiFeRe Locales. Declaración Jurada Anual

Descripción de la operatoria

El sistema SiFeRe locales permite a los contribuyentes directos del impuesto sobre los ingresos brutos de la provincia de Neuquén, confeccionar y presentar la declaración jurada anual del impuesto referido.

Acceso al módulo y autenticación de usuarios

El ingreso al sistema se realiza a través del sitio (www.afip.gob.ar).

Para el acceso, los contribuyentes utilizarán para su identificación e ingreso la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.). La autenticación se realizará en cada oportunidad que se ingrese al mismo.

Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la opción “Administrador de relaciones de Clave Fiscal” del sitio de la A.F.I.P., la incorporación de una nueva relación en el servicio “Dir. Gral. Adm. de Hacienda y Finanzas – Prov. del Neuquén”, Servicios interactivos, “SiFeRe locales – provincia del Neuquén”.

En el caso de las personas que representan a varios contribuyentes, el sistema le solicitará que seleccione la C.U.I.T. sobre la que desea operar. Se exigirá para este trámite el nivel máximo de seguridad (nivel 3).

Confección, presentación y estados de una declaración jurada

El sistema mostrará los datos de padrón necesarios para la liquidación del impuesto que estén registrados ante el Fisco, incluyendo las últimas modificaciones declaradas por el contribuyente. Si algún dato no se correspondiere a su situación tributaria, previo a confeccionar la declaración jurada deberá realizar la actualización correspondiente por los canales habilitados para tal efecto.

Borrador: estado de una DD.JJ. luego de ser creada por el contribuyente al realizar la acción “Guardar DD.JJ. en borrador” y mientras dure la edición de la misma.

Cuando se inicia la confección de una declaración jurada la misma se crea en pantalla únicamente, y sólo pasará a estado “Borrador” cuando el usuario la grabe con la opción “Guardar DD.JJ. en borrador”, pudiéndose actualizar su contenido en las diferentes etapas, y permanecerá en ese estado hasta que se decida su presentación.

Cerrada: estado de una DD.JJ. luego de ser presentada por el contribuyente, y como paso previo al proceso de registración en el servidor de la A.F.I.P.

Completada la declaración jurada con todos los datos requeridos para el período que se declara y validados la totalidad de los mismos, el contribuyente podrá realizar la presentación de la DD.JJ. presionando el botón correspondiente. Esta será la última acción que el contribuyente deberá realizar y el resto de los pasos para completar la presentación lo realizará el sistema.

Las declaraciones juradas transmitidas se considerarán presentadas cuando el Sistema otorgue el número de transacción, en la fecha y hora que conste en el mismo. Esta acción la efectúa el sistema al realizar el envío de la DD.JJ. hacia servidores de la A.F.I.P. para cumplimentar las acciones.

Para ello la DD.JJ. pasará al estado “cerrada” y, temporalmente, al estado “pendiente presentación ante la A.F.I.P.” hasta que se complete el proceso de transmisión.

Presentada: estado en el que se encuentra una DD.JJ. cuando el sistema valida correctamente todos los datos, lo cual determina la acción de presentación ante la A.F.I.P. para registrar un Nº de transacción, una vez que el sistema devuelva la confirmación con los datos necesarios y suficientes que indiquen su efectiva aceptación, lo cual se verá reflejado con un Nº de transacción y la fecha y hora de aceptación de la misma. Hasta que no se efectivice la presentación se mantendrá el estado “Pendiente presentación ante la A.F.I.P.”.

Pendiente presentación A.F.I.P.: estado temporal de una declaración jurada cuando se realiza la presentación ante los servidores de la A.F.I.P.

Rechazada: estado temporal que puede tener una DD.JJ. que fue rechazada por problemas técnicos.

No requiere intervención por parte del contribuyente ya que se realiza la corrección a través del sistema. Tendrá lugar solo en ocasión en que el sistema emita algún rechazo por razones técnicas de la transferencia. En dicho supuesto, el contribuyente deberá aguardar la regularización del problema y la emisión del comprobante correspondiente.

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