Se fijan las remuneraciones para el personal que se desempeña en tareas AVICOLAS en el ámbito todo el País, en las tareas de Producción, Mantenimiento, Gestión, Plantas de Incubación, Moledora, Revisación, Clasificado y Procesado de Huevos, con la exclusión de las actividades que se realizan en Establecimientos Industriales.

La nueva escala salarial tendrá vigencia a partir del 1 de junio y del 1 de noviembre del 2013.

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