Sumario: Se prorroga el plazo de vencimiento de la obligación de constitución de domicilio fiscal electrónico en los términos del art. 26 bis de la Ley XXII-35, previsto por el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 7/17 (t.o. en Res. Gral. D.G.R. 30/18); fijándose el vencimiento para el día 28 de febrero de 2019.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 8/2/2019
Boletín Oficial (Misiones): 14/2/2019
Vigencia y Aplicación: a partir del 15/2/2019 (según art. 2°)
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones
Cantidad de Artículos: 3
Anexos: No
Art. 1 – Prorróguese el plazo de vencimiento de la obligación de constitución de domicilio fiscal electrónico en los términos del art. 26 bis de la Ley XXII-35, previsto por el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 7/17 (t.o. en Res. Gral. D.G.R. 30/18); fijándose el vencimiento para el día 28 de febrero de 2019.
Art. 2 – La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.
Art. 4 (*) – De forma.
(*) Articulado textual Boletín Oficial.