Resolución General 10/19 DGR (Misiones) ✔ Domicilio Fiscal Electrónico. Obligación para su Constitución. Prórroga.

Se prorroga el plazo de vencimiento de la obligación de constitución de domicilio fiscal electrónico en los términos del art. 26 bis de la Ley XXII-35, previsto por el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 7/17 (t.o. en Res. Gral. D.G.R. 30/18); fijándose el vencimiento para el día 28 de febrero de 2019.


Sumario: Se prorroga el plazo de vencimiento de la obligación de constitución de domicilio fiscal electrónico en los términos del art. 26 bis de la Ley XXII-35, previsto por el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 7/17 (t.o. en Res. Gral. D.G.R. 30/18); fijándose el vencimiento para el día 28 de febrero de 2019.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 8/2/2019

Boletín Oficial (Misiones): 14/2/2019

Vigencia y Aplicación: a partir del 15/2/2019 (según art. 2°)

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones

Cantidad de Artículos: 3

Anexos: No


Art. 1 – Prorróguese el plazo de vencimiento de la obligación de constitución de domicilio fiscal electrónico en los términos del art. 26 bis de la Ley XXII-35, previsto por el art. 2 de la Res. Gral. D.G.R. 7/17 (t.o. en Res. Gral. D.G.R. 30/18); fijándose el vencimiento para el día 28 de febrero de 2019.

Art. 2 – La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.

Art. 4 (*) – De forma.


(*) Articulado textual Boletín Oficial.

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