[restabs alignment=»osc-tabs-center» responsive=»false»]
[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Resumen: Se aprueba el release 2 del programa aplicativo denominado “Declaración Jurada SiAPre (Sistema Aplicativo de Presentación) versión 6.0”, que bajo la denominación “SiAPre V.6.0 – Release 2” podrá ser transferido desde la página web de la Dirección General de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar), a partir del 28 de setiembre de 2018 inclusive.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 12/9/2018
B.O. (Tucumán) 14/9/2018
Vigencia y Aplicación: a partir del 14/9/2018. El citado programa aplicativo será de utilización obligatoria para las presentaciones que se efectúen a partir del día 1 de octubre de 2018 inclusive (s/ art. 1°).
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán
Cantidad de Artículos: 2
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
Esta resolución general no posee normas relacionadas.
[/restab]
[restab title=»FUNDAMENTOS»]
VISTO:
La Resolución N° 3/18 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución citada en el Visto, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil ha fijado un nuevo importe del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir del 1° de septiembre de 2018, es que corresponde adecuar el programa aplicativo SiAPre a través de la aprobación de un release que contemple la modificación introducida al citado Salario Mínimo, Vital y Móvil, en virtud a lo establecido por los incisos 12., 13., 14. y 15. del artículo 228 del Código Tributario Provincial, respecto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos;
Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;
[/restab]
[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1° – Aprobar el release 2 del programa aplicativo denominado “Declaración Jurada SiAPre (Sistema Aplicativo de Presentación) versión 6.0”, que bajo la denominación “SiAPre V.6.0 – Release 2” podrá ser transferido desde la página web de la Dirección General de Rentas (www.rentastucuman.gob.ar), a partir del 28 de setiembre de 2018 inclusive.
El citado programa aplicativo será de utilización obligatoria para las presentaciones que se efectúen a partir del día 1 de octubre de 2018 inclusive.
ARTÍCULO 2° – De forma.
[/restab]
[/restabs]