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Resolución General 105/18 DGR (Tucumán). Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. Vencimientos del Día 25/9. Prórroga.

Se consideran presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 26 de septiembre de 2018 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, cuyos vencimientos operan el día 25 de septiembre de 2018.


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Resumen: Se consideran presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 26 de septiembre de 2018 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias correspondientes a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, cuyos vencimientos operan el día 25 de septiembre de 2018.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 25/9/2018

B.O. (Tucumán)  27/9/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 27/9/2018.

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: No[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

Esta resolución general no posee normas relacionadas.

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO los vencimientos de las obligaciones tributarias que operan en el día de la fecha, y

CONSIDERANDO:

Que un universo importante de sujetos pasivos se vieron impedidos de cumplir en tiempo oportuno con el pago de las obligaciones tributarias con vencimiento en fecha 25 de septiembre de 2018, habida cuenta del paro nacional establecido por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina dispuesto para el citado día;

Que en virtud de ello, se hace necesario tener por ingresados en término los pagos y las presentaciones de las declaraciones juradas que se efectúen hasta el día 26 de septiembre de 2018, correspondiente a los vencimientos que operan el día 25 de septiembre de 2018, de forma tal de dar por cumplimentadas en tiempo y forma las obligaciones tributarias correspondientes;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

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ARTÍCULO 1° – Considerar presentadas e ingresados en término las declaraciones juradas y los pagos que se efectúen hasta el 26 de septiembre de 2018 inclusive, de aquellas obligaciones tributarias correspondientes a los impuestos que se indican a continuación, cuyos vencimientos operan el día 25 de septiembre de 2018:

a) Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Contribuyentes locales: anticipo 8/2018, con número de CUIT terminados en 8 y 9.

b) Impuesto de Sellos: instrumentos cuyos vencimientos operan el día 25 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO 2° – De forma.

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