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Resolución General 110/18 DGR (Tucumán). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Obligación de Constituir Domicilio Fiscal Electrónico. Nueva Prórroga.

Se prorroga hasta el día 31 de octubre de 2018 inclusive, el plazo establecido para la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Tucumán, sean locales o comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, cualquiera fuese la jurisdicción sede.


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Resumen: Se prorroga hasta el día 31 de octubre de 2018 inclusive, el plazo establecido para la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Tucumán, sean locales o comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, cualquiera fuese la jurisdicción sede.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 28/9/2018

B.O. (Tucumán)  3/10/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 3/10/2018

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: No[/restab]

[restab title=»RELACIONADAS»]

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Resolución General N° 57/18 DGR (Tucumán)

Resolución General N° 89/18 DGR (Tucumán)

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[restab title=»FUNDAMENTOS»]

VISTO la RG (DGR) N° 57/18, y

CONSIDERANDO:

Que por la RG (DGR) N° 89/18 se prorrogó hasta el 28 de septiembre de 2018 el plazo establecido por el segundo párrafo del artículo 1° de la resolución general citada en el Visto;

Que manteniéndose las razones que motivaron el dictado de la citada RG (DGR) N° 89/18, es que resulta necesario prorrogar nuevamente, hasta el 31 de octubre de 2018 inclusive, el plazo al cual se refiere el Considerando anterior;

Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;

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[restab title=»RESUELVE»]

ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 31 de octubre de 2018 inclusive, el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 1° de la RG (DGR) N° 57/18.

ARTÍCULO 2°.- De forma.

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