Sumario: Se fijan las fechas de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– para el ejercicio fiscal 2019. Asimismo, se fija la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al año 2018, para los contribuyentes que desarrollen sus actividades exclusivamente en la provincia de La Pampa –obligados directos–.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 17/12/2018
B.O. (La Pampa)
Vigencia y Aplicación: de aplicación a partir del 1/1/2019
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de La Pampa
Cantidad de Artículos: 5
Anexos: No
Art. 1 – Fijar como fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– para el ejercicio fiscal 2019 los siguientes:
Anticipo | Mes base | Vencimiento |
1 | Enero | 15/3/19 |
2 | Febrero | 15/4/19 |
3 | Marzo | 15/5/19 |
4 | Abril | 18/6/19 |
5 | Mayo | 15/7/19 |
6 | Junio | 15/8/19 |
7 | Julio | 16/9/19 |
8 | Agosto | 15/10/19 |
9 | Setiembre | 15/11/19 |
10 | Octubre | 16/12/19 |
11 | Noviembre | 15/1/20 |
12 | Diciembre | 17/2/20 |
Art. 2 – Fijar el día 3 de abril de 2019, como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al año 2018, para los contribuyentes que desarrollen sus actividades exclusivamente en la provincia de La Pampa –obligados directos–.
Art. 3 – Establecer que las fechas de vencimiento de presentación y pago de las posiciones mensuales y presentación de la declaración jurada anual –F. CM-05– para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos –Convenio Multilateral– son las fijadas por la Res. Gral. C.A. 7/18.
Art. 4 – La presentación formal y pago –si correspondiere– es obligatoria para todos los contribuyentes inscriptos que no hayan presentado la “Solicitud de cese de actividades”.
Art. 5 – De forma.