Resolución General 4/19 DGR (Salta) ✔ Impuesto a las Actividades Económicas. Agentes de Percepción. Nuevos Obligados. Régimen de Información. Implementación.

Se amplía el universo de sujetos obligados a actuar como agentes de percepción del impuesto a las actividades económicas a los mataderos y frigoríficos con planta industrial propia excepto en los casos de operaciones realizadas con consumidores finales.

Asimismo, se establece un régimen de información para los mataderos, habilitados en el marco de la Ley 6.902, y los frigoríficos con planta industrial propia.


Sumario: Se amplía el universo de sujetos obligados a actuar como agentes de percepción del impuesto a las actividades económicas a los mataderos y frigoríficos con planta industrial propia excepto en los casos de operaciones realizadas con consumidores finales.

Asimismo, se establece un régimen de información para los mataderos, habilitados en el marco de la Ley 6.902, y los frigoríficos con planta industrial propia.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 25/1/2019

B.O. (Salta)

Vigencia y Aplicación: vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y de aplicación desde el 1/2/2019 (según art. 7°)

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta

Cantidad de Artículos: 9

Anexos: 1





Art. 1 – Sustituir el inc. 1 del art. 1 de la Res. Gral. D.G.R. 6/05, por el siguiente texto:

“1. Los sujetos cuya actividad sea la producción de bienes, excepto los inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes –monotributo– ante la Administración Federal de Ingresos Públicos; los mataderos, habilitados en el marco de la Ley 6.902; y los frigoríficos con planta industrial propia. Se exceptúan las operaciones realizadas con consumidores finales”.

Art. 2 – Establecer un régimen de información para los mataderos, habilitados en el marco de la Ley 6.902, y los frigoríficos con planta industrial propia.

Art. 3 – La información requerida es la que se detalla en el Anexo I de la presente, la que deberá ser presentada trimestralmente a la Dirección General de Rentas de Salta a través de soportes informáticos que respondan a las estructuras y características informáticas que se indican en el mencionado anexo.

A estos efectos los trimestres a informar serán: enero/marzo; abril/junio; julio/setiembre y octubre/diciembre de cada año.

Art. 4 – El vencimiento para la presentación de la información será el día 20 o hábil inmediato posterior del mes siguiente del trimestre calendario que corresponda informar.

Art. 5 – El soporte informático deberá presentarse por medios electrónicos habilitados por esta Dirección, teniéndose en cuenta la categorización del contribuyente en el organismo (SARES 2000 o contribuyentes comunes).

Art. 6 – Derogar la Res. Gral. D.G.R. 18/16.

Art. 7 – Lo establecido en la presente tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y resultará aplicable desde el 1 de enero de 2019.

Art. 8 – Remitir copia de la presente a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía.

Art. 9 – De forma.


ANEXO  I – Régimen de información sobre ventas

Datos a informar

Todas las operaciones de ventas efectuadas en el trimestre que se informa. El monto a informar corresponderá al neto de la operación.

Formato del archivo

El formato del archivo a importar debe tener un formato texto (“.txt”) y el separador de campos de la información incluida en el cuerpo del mismo debe estar separada por “;”.

Codificación

La codificación utilizada debe ser “ANSI”.

Nombre del archivo TXT

Está compuesto por la identificación DGRIVTA (Dirección General Rentas Régimen Información Ventas) + C.U.I.T. que identifica al agente de información + año (formato cuatro dígitos) + trimestre (formato dos dígitos). Ejemplo:

Resumen: DGRIVTA + C.U.I.T. + Año (YYYY) + trimestre (99).

Ejemplo: DGRIVTA20123456781201901.TXT

Identificación del trimestre

Trimestre Identificador Aclaración
Enero – marzo 01 Corresponde siempre con dos dígitos.
Abril – junio 02
Julio – setiembre 03
Octubre – diciembre 04

Información dentro del archivo

– Registro cabecera – Línea 1: está compuesto por la C.U.I.T. que identifica al agente de información + Año (formato cuatro dígitos) + trimestre + O (letra “o”, identifica una presentación de DJ original) o bien R (identifica una DJ rectificativa).

– Resumen: C.U.I.T.; año (YYYY); trimestre (99); O (original) o R (rectificativa).

Ejemplo: 20123456781;2019;01;O

– Registro detalle – Línea 2 en adelante: está compuesto por la fecha de la operación sin separadores de fecha, día y mes con dos dígitos y año con cuatro dígitos (DDMMYYYY) + el tipo de comprobante (ver detalle de comprobantes permitidos) + número de comprobante + nombre o razón social + C.U.I.T. + monto.

– Resumen: fecha (DDMMYYYY); tipo comprobante; nro. comprobante; nombre o razón social; C.U.I.T.; monto.

Ejemplo:

02012019;FA_A;000100000001;nombre cliente;99999999999;9873.43

 Descripción de Campos  Tipo  Formato  Longitud
Fecha Texto ddmmaaaa 8
Tipo de Comprobante Texto Cod s/lista 4
Número de comprobante Texto Ceros a la izquierda 20
Nombre o razón social Texto Blancos a la derecha 60
C.U.I.T. Texto 99999999999 11
 Monto  Texto -999999999999.99 (*) Símbolo decimal punto (.) 16

(*) Signo negativo a la izquierda en caso de indicar un comprobante tipo nota de crédito.

El tipo de comprobante que se tiene que especificar debe ser:

A indicar Tipo definido
FA_A Factura A
FA_B Factura B
FA_C Factura C
FA_P Factura pública
NC_A Nota de crédito A
NC_B Nota de crédito B
NC_C Nota de crédito C
NC_P N de crédito pública
ND_A Nota de débito A
ND_B Nota de débito B
ND_C Nota de débito C
ND_P N de débito pública
OTRO Otros
PBCO Percepciones bancarias

Ejemplo general:

Para el primer trimestre de 2019, rectificativa número 1.

Nombre archivo:

DGRIVTA20123456781201901.txt

Registros del archivo:

20123456781;2019;01;R

17012019;FA_A;000100000235;Razon social cliente; 99999999999;1193.43

13022019;NC_A;002800007841;Cliente S.A.; 99999999999;-646.21

03022019;FA_A;000100023587;Cliente S.A.; 99999999999;2526.80

04032019;FA_A;000200000287;Cliente S.A.; 99999999999;725.92

28032019;ND_A;038600000257;Cliente S.R.L.; 99999999999;17.05

Errores comunes:

El nombre del archivo:

1. TXT es el tipo del archivo que figura en la extensión del mismo, no forma parte del nombre:

DGRIVTA20123456781201901.TXT: correcto.

DGRIVTA20123456781201901TXT.TXT: incorrecto.

2. No coinciden el nombre del archivo con los datos del registro cabecera:

Nombre del archivo: DGRIVTA20123456781201901.TXT

Registro cabecera: 20123458176;2019;03;O

Para este caso no coinciden la C.U.I.T. ni el trimestre.

1. El registro detalle contiene valores inválidos:

A. Tipo de comprobante invalido: Ej FC_A (incorrecto): FA_A (correcto).

B. Colocar C.U.I.Ts. inválidos como 99999999999 o 00000000000

C. Colocar fechas incorrectas: 2/4/17 (incorrecto): 02042017 (correcto); 2042017 (incorrecto): 02042017 (correcto).

D. Decimales con punto, no con coma: 123,50 (incorrecto): 123.50 (correcto).

2. No colocar separadores de campos erróneo: “,” o “–” (incorrectos): “;” (correcto).

Dejar registros en blanco: es común que se dejen renglones en blanco dentro o al final del archivo, esto se produce al hacer varios “Enter” luego del último registro o bien se borraron registros o datos en archivo que utilizo antes de la exportación al TXT sin eliminar el renglón o registro por lo que el TXT generado contiene.




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