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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Estado de la Norma: Vigente
B.O. (Provincia de Formosa) s/d
Vigencia y Aplicación: a partir del 1/8/2018 (según art. 2°)
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Formosa
Cantidad de Artículos: 3
Anexos: 1[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
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Resolución General N° 85/17 DGR Formosa
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[spoiler title=’COMPLEMENTA A’ style=’default’ collapse_link=’true’]
Código Fiscal (Provincia de Formosa)
Ley (Provincia de Formosa) N° 1.669[/spoiler]
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
VISTO:
La Resolución General N° 085/2017-DGR y la Ley Provincial N° 1669, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 2º de la Resolución General N° 085/2017-DGR, se aprobó el Nomenclador de Actividades Económicas para el Período Fiscal 2018, con vigencia a partir del 01 de Enero de 2018;
Que posteriormente se sancionó la Ley Provincial N° 1669, mediante la cual se dispuso la modificación del inciso 2) del Artículo 51° de la Ley Impositiva N° 1590, en relación a la alícuota del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos aplicable a las actividades de Producción Primaria y Secundaria;
Que asimismo la ley referenciada introdujo modificaciones al Artículo 247° incisos m) y n) del Código Fiscal-Ley N° 1589, en relación a las exenciones en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos para las actividades producción primaria e industrial, como así también incorporó como nuevo inciso s) la exención a los ingresos generados por las operaciones de créditos hipotecarios;
Que, en consecuencia deviene procedente receptar dichos cambios normativos en el Nomenclador de Actividades recientemente aprobado;
Que, la Subdirección Jurídica y Técnica, ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el dictamen jurídico pertinente;
Que, la presente se dicta en uso de las facultades y prerrogativas conferidas por el Artículo 6º, y demás concordantes del Código Fiscal de la Provincia -Ley 1589- y sus modificatorias;
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[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1º: SUSTITÚYASE el Anexo I “Nomenclador de Actividades Económicas” aprobado por el Artículo 2° de la Resolución General N° 085/2017-DGR, por el ANEXO que integra el presente instrumento, en un todo de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Ley Provincial N° 1669 al Código Fiscal y a la Ley Impositiva de la provincia de Formosa.
ARTÍCULO 2º: LA presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de Agosto del año 2018.
ARTÍCULO 3º: De forma.
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[restab title=»ANEXO»]
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