Blog del Contador Planes de Suscripción


Resolución General 4014 AFIP. Se Deroga el Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas Mediante Controlador Fiscal de la RG 3580.

Déjase sin efecto la Resolución General N° 3.580.


Estado de la Norma: Vigente

B.O. 22/03/2017

Vigencia y Aplicación: 23/03/2017 (según artículo 2)


Deroga a: Resolución General N° 3580 AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 20/03/2017

[spoiler title=’VISTO’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

La Resolución General N° 3.580, y[/spoiler]

[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Que la citada norma estableció un régimen de información de operaciones comerciales minoristas, mediante el cual los sujetos obligados deben informar respecto de las operaciones efectivizadas a través de controladores fiscales, las cantidades vendidas de determinados productos y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día.

Que el avance tecnológico alcanzado por esta Administración Federal, permite utilizar —de manera gradual— nuevas tecnologías de controladores fiscales, optimizando los métodos de obtención de datos y transmisión en forma sistémica y periódica a las bases informáticas institucionales.

Que en virtud de lo señalado y en cumplimiento del objetivo permanente de este Organismo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, resulta oportuno dejar sin efecto el régimen informativo implementado por la Resolución General N° 3.580.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Recaudación, de Coordinación Técnico Institucional, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Servicios al Contribuyente, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.[/spoiler]

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Déjase sin efecto la Resolución General N° 3.580.

ARTÍCULO 2° — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir del primer día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

ARTÍCULO 3° — Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.

Fecha de publicación 22/03/2017

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×