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Resumen: Se modifica el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones incorporando como agentes de retención del impuesto al valor agregado a los contribuyentes que se indican en el art. 1°.
Estado de la Norma: Vigente
B.O. 26/1/2018
Vigencia y Aplicación: vigencia desde el 26/1/2018 y de aplicación desde el 1/3/18. (según art. 2°)
Organismo Emisor: Administración Federal de Ingresos Públicos
Cantidad de Artículos: 3
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
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Resolución General N° 2854 AFIP[/spoiler]
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[restab title=»VISTO Y CONSIDERANDO»]
VISTO la Resolución General Nº 2.854 y sus modificaciones, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que, por su naturaleza, dan lugar al crédito fiscal.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida resolución general, corresponde informar las designaciones, así como las exclusiones de los agentes de retención.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Operaciones Impositivas del Interior y de Fiscalización, y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° de Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
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[restab title=»ARTICULADO»]
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones, en la forma que se detalla seguidamente:
– Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:
30-50004045-5 COMPAÑIA DE SEGUROS EL NORTE SOCIEDAD ANONIMA
30-50351035-5 HECTOR CODINI S.A.
30-68537634-9 TARJETA NARANJA SA
ARTÍCULO 2°.- Lo establecido en el artículo anterior entrará en vigencia conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 3° de la Resolución General N° 2.854 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
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