Blog del Contador
Dom, 11 de May de 2025
Última Actualizacion: 11:19 Hs.
Legislación
Resolución General 54/18 AGR (Catamarca). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes Locales. Declaraciones Juradas del Período Agosto/18. Prórroga.
Se prorroga hasta el 27 de setiembre del corriente año, el vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos –contribuyentes locales–, correspondiente al anticipo del mes de agosto de 2018.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 24/10/2018 16:50 Hs.
Compartí esta nota

[restabs alignment="osc-tabs-center" pills="nav-pills" responsive="false"]

[restab title="SUMARIO" active="active"]

Resumen: Se prorroga hasta el 27 de setiembre del corriente año, el vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos –contribuyentes locales–, correspondiente al anticipo del mes de agosto de 2018.

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 21/9/2018

B.O. (Catamarca): 5/10/2018

Vigencia y Aplicación: a partir del 5/10/2018

Organismo Emisor: Administración General de Rentas (Catamarca)

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: No[/restab]

[restab title="RELACIONADAS"]

[spoiler title='COMPLEMENTA A' style='default' collapse_link='true']

Resolución General 57/17 AGR

[/spoiler]

[/restab]

[restab title="FUNDAMENTOS"]

VISTO:


CONSIDERANDO:

[/restab]

[restab title="RESUELVE"]

Art. 1 – Prorrogar hasta el 27 de setiembre del corriente año, el vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos –contribuyentes locales–, correspondiente al anticipo del mes de agosto de 2018, por las razones expuestas en los Considerandos del presente instrumento legal.

Art. 2 – De forma.

[/restab]

[/restabs]

Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.