Resolución General 8/17 COMARB: Se Modifica el Vencimiento para la Presentación y Pago de la DDJJ Correspondiente al Anticipo Septiembre/17

Declaración Jurada. Vencimiento.

[spoiler title=’RESUMEN’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Síntesis: Declaración Jurada. Vencimiento.

B.O. 15/09/2017

Vigencia y Aplicación: 15/09/2017

Complementa a:

  • Resolución General N° 21/16 COMARB[/spoiler]

Buenos Aires, 06/09/2017

[spoiler title=’VISTO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

La Resolución General N° 21/2016, en la que se establecen las fechas de vencimiento según terminación del número de CUIT (dígito verificador) para la presentación y pago de las obligaciones a cargo de los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral para el año 2017; y,[/spoiler]

[spoiler title=’CONSIDERANDO:’ style=’blue’ collapse_link=’true’]

Que la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno (septiembre), terminación dígito verificador 3 a 5, en el mes de octubre tiene como vencimiento el día 16.

Que por Decreto N° 52/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, se ha trasladado al día 16 de octubre el feriado del día 12 de octubre en conmemoración al “Día del Respeto a la Diversidad Cultural”.[/spoiler]

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Establecer el vencimiento de la presentación y pago de la declaración jurada correspondiente al noveno anticipo (septiembre) de la manera que se detalla a continuación:

Anticipo 0 a 2 3 a 5 6 a 7 8 a 9
Septiembre 13/10/2017 17/10/2017 18/10/2017 19/10/2017

ARTÍCULO 2°.- Comunicar la presente resolución a las jurisdicciones adheridas para que dicten las normas complementarias de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Roberto José Arias, Presidente. — Fernando Mauricio Biale, Secretario.

Fecha de publicación 15/09/2017

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