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[restab title=»SUMARIO» active=»active»]
Resumen: Se prorroga hasta el día 28 de septiembre de 2018 inclusive la obligación de constituir domicilio fiscal electrónico a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Tucumán, sean locales o comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral, cualquiera fuese la jurisdicción sede.
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 30/8/2018
B.O. (Tucumán) 31/8/2018
Vigencia y Aplicación: a partir del 31/8/2018
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán
Cantidad de Artículos: 2
Anexos: No[/restab]
[restab title=»RELACIONADAS»]
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Resolución General N° 57/18 DGR (Tucumán)
Resolución General N° 81/18 DGR (Tucumán)[/spoiler]
[spoiler title=’COMPLEMENTADA POR’ style=’default’ collapse_link=’true’]
Resolución General N° 110/18 DGR (Tucumán)[/spoiler]
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[restab title=»FUNDAMENTOS»]
VISTO:
La RG (DGR) N° 57/18, y
CONSIDERANDO:
Que por la RG (DGR) N° 81/18 se prorrogó hasta el 31 de agosto de 2018 el plazo establecido por el segundo párrafo del artículo 1° de la resolución general citada en el Visto;
Que manteniéndose las razones que motivaron el dictado de la citada RG (DGR) N° 81/18, es que resulta necesario prorrogar nuevamente, hasta el 28 de septiembre de 2018 inclusive, el plazo al cual se refiere el Considerando anterior;
Que han tomado la intervención que les compete los Departamentos Técnico Tributario, Técnico Legal, Recaudación e Informática;
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[restab title=»RESUELVE»]
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el día 28 de setiembre de 2018 inclusive, el plazo establecido en el segundo párrafo del artículo 1 de la Resolución General (DGR) 57/2018. (Por artículo 1° de la Resolución General N° 110/18 DGR se prorroga nuevamente el plazo mencionado hasta el 31 de octubre de 2018).
ARTÍCULO 2°.- De forma.
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