Resolución M.J. y D.H. Nº 1385/13 (B.O. 16/08/2013). Inspección General de Justicia. Tasa Anual. Vencimiento.

Se fija para el día 20 de septiembre de 2013 la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones ya inscriptas en la Inspección General de Justicia (IGJ).


Se fija para el día 20 de septiembre de 2013 la fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones ya inscriptas en la Inspección General de Justicia (IGJ).

Recordamos que el monto de dicha tasa anual se determina con relación a la sumatoria del capital social de los estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de los estados contables de las respectivas sociedades. A los fines de su cálculo, se considerarán los últimos estados contables cuya presentación ante la IGJ hubiere correspondido con anterioridad al vencimiento de la tasa anual.

Los importes vigentes a la fecha son los que se detallan en la escala siguiente:

tasa anual igjAsimismo, se establece que vencido dicho plazo se aplicará una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el BANCO DE LA NACION ARGENTINA en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

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