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Resolución M.T.E. y S.S. N° 1.003/09 (B.O. 24/07/2013). Créase el Programa “Teletrabajo a partir de los 45 años. Un nuevo desafío”.

A través de la presente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social crea el Programa “TELETRABAJO A PARTIR DE LOS 45 AÑOS. UN NUEVO DESAFIO” que tendrá como objetivo facilitar el acceso de las y los trabajadores adultos a las tecnologías de la información y las comunicaciones, a fin de que los mismos se incorporen o reincorporen al mercado laboral como asalariados o en las modalidades del autoempleo.


A través de la presente, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social  crea el Programa “TELETRABAJO A PARTIR DE LOS 45 AÑOS. UN NUEVO DESAFIO” que tendrá como objetivo facilitar el acceso de las y los trabajadores adultos a las tecnologías de la información y las comunicaciones, a fin de que los mismos se incorporen o reincorporen al mercado laboral como asalariados o en las modalidades del autoempleo.

En el mismo podrán participar todas las personas mayores de 45 años, que tengan residencia permanente en el país y se encuentren desempleadas, sea que reciban o no el Seguro de Desempleo o el Seguro de Capacitación y Empleo, sin que su participación en el mismo implique ninguna alteración a las condiciones y plazos pautados por dichos Seguros.

Se destaca que el presente programa prevé el otorgamiento de incentivos financieros para las micros, pequeñas y medianas empresas (pymes), que asuman el compromiso de insertar laboralmente a trabajadores participantes del mismo en una relación laboral por plazo determinado (con un mínimo de contratación de un año) o indeterminado. Dichos incentivos se efectivizarán mediante el pago directo al Teletrabajador y serán equivalentes al 20% de la remuneración acordada con el empleador, con un tope máximo de $ 500 mensuales.

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