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Resolución MIyT N° 1609/13 (B.O. 27/12/2013). Incremento en Tarifas de Colectivos desde el 1 de enero de 2014.

Se establece un incremento del 66% en el boleto mínimo de transporte público urbano de pasajeros con vigencia a partir del 1 de enero de 2014, pasando de $ 1,50.- a $ 2,50.-


Se establece un incremento del 66% en el boleto mínimo de transporte público urbano de pasajeros con vigencia a partir del 1 de enero de 2014, pasando de $ 1,50.- a $ 2,50.-

El nuevo cuadro tarifario, queda de la siguiente manera:

Sección

TARIFA con SUBE

TARIFA sin SUBE

0-3 km

$ 2,50

$ 5,00

3-6 km

$ 2,70

$ 5,50

6-12 km

$ 2,85

$ 5,75

12-27 km

$ 3,90

$ 8,00

Más de 27 km

$ 4,50

$ 9,00

Asimismo, se establece que los usuarios del sistema de transporte público por automotor que posean tarjetas del SUBE y que pertenezcan a los grupos de afinidad que seguidamente se mencionan, abonarán, los montos establecidos con un descuento del CUARENTA POR CIENTO (40%):

a) Jubilados y/o pensionados.
b) Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.
c) Beneficiarios de la Asignación por Embarazo.
d) Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar.
e) Personal del Trabajo Doméstico.
f) Veteranos de la Guerra de Malvinas.
g) Otros beneficiarios que se establezcan en el futuro.

Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada con el atributo social y/o el grupo de afinidad que le corresponda.

Por último, se aclara que los Boletos Escolar y Estudiantil no sufrirán cambios en su valor.

Resolución MIyT N° 1609-2013

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