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Resolución Normativa A.R.B.A. N° 21/13 (B.O.P.B.A. 04/06/2013). Impuesto Inmobiliario Rural. Regímenes de Información. Prórroga de Vencimiento.

Regímenes de Información. Sujetos que revistan el carácter de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural respecto de inmuebles cuya superficie total, considerada de manera individual o conjunta, resulte igual o superior a las 50 hectáreas. Declaración Jurada Anual. Prórroga del vencimiento.


AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Resolución Normativa N° 21/2013

Regímenes de Información. Sujetos que revistan el carácter de contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural respecto de inmuebles cuya superficie total, considerada de manera individual o conjunta, resulte igual o superior a las 50 hectáreas. Declaración Jurada Anual. Prórroga del vencimiento.

La Plata, 24 de mayo de 2013

B.O.P.B.A. 28/05/2013

VISTO:

Que mediante expediente N° 22700-28182/13 se propicia prorrogar el vencimiento regulado en el Anexo VI de la Resolución Normativa N° 57/12 para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 exclusivamente con relación a los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario comprendidos en el régimen de información dispuesto en la Resolución Normativa Nº 32/08 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del inicio de un nuevo ejercicio fiscal, esta Autoridad de Aplicación estableció, mediante la Resolución Normativa N° 57/12, el calendario de vencimientos para el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes, agentes de recaudación y agentes de información, correspondiente al ejercicio fiscal 2013;

Que el vencimiento previsto para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012, que alcanza a los contribuyentes incluidos en el régimen de información establecido por la Resolución Normativa N° 32/08 y modificatorias, se encuentra regulado en el Anexo VI de la Resolución Normativa N° 57/12;

Que mediante la Resolución Normativa N° 6/13 esta Autoridad de Aplicación prorrogó dicho vencimiento hasta el 15 de abril de 2013;

Que, en relación al citado vencimiento en este momento, razones de tipo operativo tornan necesario disponer una nueva prórroga con relación al citado vencimiento;

Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 1° de julio de 2013, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 que deben efectuar los sujetos obligados a actuar como agentes de información de conformidad con el régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 32/08 y modificatorias.

Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

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