Blog del Contador
Vie, 09 de May de 2025
Última Actualizacion: 09:43 Hs.
Provinciales
Resolución General 17/19 DGR La Pampa: Calendario de vencimientos impositivos 2020
La RG 17/19 DGR La Pampa fija la fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– y para la presentación de la declaración jurada anual, para el ejercicio fiscal 2020.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 13/12/2019 14:02 Hs.
Compartí esta nota

Sumario: La RG 17/19 DGR La Pampa fija la fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– y para la presentación de la declaración jurada anual, para el ejercicio fiscal 2020.


RG 17/19 DGR La Pampa

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 10/12/2019

B.O. (La Pampa): -

Vigencia y Aplicación: -

Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de La Pampa

Cantidad de Art.: 5

Anexos: -


Art. 1 – Fijar como fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– para el ejercicio fiscal 2020 los siguientes:

AnticipoMes baseVencimiento
1Enero16/3/20
2Febrero15/4/20
3Marzo15/5/20
4Abril16/6/20
5Mayo15/7/20
6Junio18/8/20
7Julio15/9/20
8Agosto15/10/20
9Setiembre16/11/20
10Octubre15/12/20
11Noviembre15/1/21
12Diciembre15/2/21

Art. 2 – Fijar el 31 de marzo de 2020, como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al año 2019, para los contribuyentes que desarrollen sus actividades exclusivamente en la provincia de La Pampa - obligados directos.

Art. 3 – Establecer que las fechas de vencimiento de presentación y pago de las posiciones mensuales y presentación de la declaración jurada anual (CM-05) para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos –Convenio multilateral– son las fijadas por la Res. Gral. C.A. 11/19.

Art. 4 – La presentación formal y pago –si correspondiere– es obligatoria para todos los contribuyentes inscriptos que no hayan presentado la solicitud de cese de actividades.

Art. 5 – De forma.


Texto según RG 17/19 DGR La Pampa publicada en página web de la DGR

Copyright (c) 2025 Blog del Contador. Todos los derechos reservados.