Sumario: La RG 17/19 DGR La Pampa fija la fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– y para la presentación de la declaración jurada anual, para el ejercicio fiscal 2020.
RG 17/19 DGR La Pampa
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 10/12/2019
B.O. (La Pampa): –
Vigencia y Aplicación: –
Organismo Emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de La Pampa
Cantidad de Art.: 5
Anexos: –
Art. 1 – Fijar como fecha de vencimiento para la presentación y el pago de los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos –obligados directos– para el ejercicio fiscal 2020 los siguientes:
Anticipo | Mes base | Vencimiento |
1 | Enero | 16/3/20 |
2 | Febrero | 15/4/20 |
3 | Marzo | 15/5/20 |
4 | Abril | 16/6/20 |
5 | Mayo | 15/7/20 |
6 | Junio | 18/8/20 |
7 | Julio | 15/9/20 |
8 | Agosto | 15/10/20 |
9 | Setiembre | 16/11/20 |
10 | Octubre | 15/12/20 |
11 | Noviembre | 15/1/21 |
12 | Diciembre | 15/2/21 |
Art. 2 – Fijar el 31 de marzo de 2020, como fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al año 2019, para los contribuyentes que desarrollen sus actividades exclusivamente en la provincia de La Pampa – obligados directos.
Art. 3 – Establecer que las fechas de vencimiento de presentación y pago de las posiciones mensuales y presentación de la declaración jurada anual (CM-05) para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos –Convenio multilateral– son las fijadas por la Res. Gral. C.A. 11/19.
Art. 4 – La presentación formal y pago –si correspondiere– es obligatoria para todos los contribuyentes inscriptos que no hayan presentado la solicitud de cese de actividades.
Art. 5 – De forma.
Texto según RG 17/19 DGR La Pampa publicada en página web de la DGR