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Resolución General 24/20 IGJ: Suspensión de los plazos de contestación de vistas. Prórroga hasta el 24 de mayo

rg 23/20 igj, rg 10/20 igj

La RG 24/20 IGJ prorroga hasta el 24 de mayo la suspensión de los plazos de contestación de vistas para todos los trámites y presentaciones regulados IGJ


RG 24/20 IGJ

Suspensión de plazos

La RG 24/20 IGJ prorroga hasta el 24 de mayo la suspensión de los plazos de contestación de vistas para todos los trámites y presentaciones regulados por la Resolución General de Justicia Nº 7/2015

La RG 24/20 IGJ prorroga hasta el 24 de mayo la suspensión de los plazos de contestación de vistas para todos los trámites y presentaciones regulados IGJ


SUMARIO 

rg 24/20 igj, rg 18/20 igj, rg 11/20 igjSe prorroga la suspensión de todos los plazos previstos en los artículos 1º y 2º de la Resolución General N° 10/2020 desde el día 11 de mayo hasta el día hasta el día 24 de mayo de 2020 inclusive.

 


ANÁLISIS

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 11/5/2020

B.O. 12/5/2020

Vigencia y Aplicación: desde el 12/5/2020 

Organismo Emisor: Inspección General de Justicia

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: –


FUNDAMENTOS

VISTOS: Las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional en los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, N° 325/2020, Nº 355/2020, Nº 408/2020, y Nº 459/2020 y

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo de la Nación, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, declaró la EMERGENCIA SANITARIA en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que la Resolución MTEySS N° 207 recomienda a los empleadores y empleadoras que dispongan las medidas necesarias para disminuir la presencia de trabajadores y trabajadoras en el establecimiento a aquellos indispensables para el adecuado funcionamiento de la empresa o establecimiento.

Que atento la gravedad de la pandemia y ante la necesidad imperiosa de proteger la salud pública y la vida de la población, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 el cual estableció que todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, deben cumplir con un “aislamiento social, preventivo y obligatorio” desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 325/2020 prorrogó la vigencia del Decreto N° 297/20 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 355/2020 prorrogó la vigencia del Decreto N° 297/20 hasta el 26 de abril de 2020 inclusive.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 408/2020 prorrogó la vigencia del Decreto N° 297/20 hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive.

Que el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 459/2020 prorrogó la vigencia del Decreto N° 297/20 hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive.

Que a los efectos de reducir la concurrencia personal del público en general, y de los profesionales que habitualmente concurren a la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACIÓN a los efectos de realizar trámites de diversa índole, resulta necesario suspender los plazos de contestación de vistas para todos los trámites y presentaciones regulados por la Resolución General de Justicia Nº 7/2015.


DECRETA

Art. 1°.- PRORRÓGUESE la suspensión de todos los plazos previstos en los artículos 1º y 2º de la Resolución General N° 10/2020 desde el día 11 de mayo hasta el día hasta el día 24 de mayo de 2020 inclusive.

Art. 2º.- De forma.


FUENTE

Texto según RG 24/20 IGJ publicado en Boletín Oficial del 12/5/2020

RG 24/20 IGJ, Suspensión de plazos, Trámites IGJ, Emergencia coronavirus,

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