Sumario: La RG 8/19 COMARB declara inhábil el día 20 de septiembre de 2019 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que tramitan ante el organismo.
RG 8/19 COMARB
Estado de la Norma: Vigente
Fecha: 2/10/2019
B.O. 9/10/2019
Vigencia y Aplicación: desde el 9/10/2019
Organismo Emisor: Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77
Cantidad de Artículos: 2
Anexos: No
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que el día 20 de septiembre de 2019, razones de fuerza mayor imposibilitaron el normal desenvolvimiento y cumplimiento de las funciones y tareas en la sede de la Comisión Arbitral.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 27 del Reglamento Procesal para la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria —Resolución C.P. N° 32/2015—.
Art. 1.- Declarase inhábil el día 20 de septiembre de 2019 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral del 18.08.77, sin perjuicio de la validez de los actos que se hubieren realizado.
Texto según RG 8/19 COMARB publicado en Boletín Oficial del 9/10/2019
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