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Sanidad (Droguerías): Nuevo Acuerdo con Aumento del 23% en 2 Cuotas Mas Cláusula Gatillo Mas Asignación No Remunerativa Anual y Nuevas Escalas Salariales desde Mayo 2017 (CCT N° 120/75)

La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo N° 120/75 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Abril de 2018.


La Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo N° 120/75 con vigencia desde el 1 de Mayo de 2017 hasta el 30 de Abril de 2018.

En dicho acuerdo se estableció lo siguiente:

a) Incremento Salarial: Un aumento del 23% para todos los salarios básicos a pagarse en dos cuotas no acumulativas según el siguiente detalle:

  • 13% desde el 1 de Mayo
  • 10% desde el 1 de Septiembre

b) Cláusula Gatillo: Las partes acuerdan que en el mes de enero de 2018, el día posterior a la publicación por parte del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, del Indice de Precios al Consumidor (IPC -INDEC) correspondiente al año 2017, las escalas de salarios básicos se adecuarán en caso que dicho índice fuese superior al veintiuno por ciento (21%) de modo tal que tenga como resultado un incremento de dos puntos porcentuales superiores al IPC – INDEC, tomando como referencia las remuneraciones vigentes al 31/12/2016. VER ESCALA SALARIAL ENERO 2018.

c) Asignación No Remunerativa: Con motivo de la celebración del día del Trabajador de la Sanidad el 21 de septiembre de cada año, las empresas abonarán durante el mes de septiembre y antes del día 20 de dicho mes una asignación no remunerativa de pago único y carácter excepcional de pesos un mil ($ 1.000) para todos los trabajadores encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo 120/75, con independencia de la categoría y/o antigüedad que posean.

d) Aporte Solidario: Se establece a partir del 01-05-17 para todos los beneficiarios del acuerdo colectivo un aporte solidario obligatorio equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, a partir de la vigencia de las nuevas escalas. Los Trabajadores afiliados a cada una de los sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, compensarán este aporte con el valor de la cuota asociacional que es mayor.

e) Contribución Patronal Extraordinaria: Las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del CCT 120/75 realizarán una contribución extraordinaria, por única vez, la cual consistirá en el pago de una suma de pesos mil novecientos noventa ($ 1.990,00), por cada trabajador encuadrado en el Convenio Colectivo 120/75, la que será abonada en diez cuotas mensuales iguales de pesos ciento noventa y nueve ($ 199,00) a partir del mes de mayo, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de junio de 2017 y diciembre de 2018.

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Homologación

El presente acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación mediante Disposición N° 93/17 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales de fecha 11/08/2017.

VER HOMOLOGACIÓN

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