Blog del Contador Planes de Suscripción


Simplifican la presentación de documentación de las MiPyMEs ante las entidades financieras

Simplifican la presentación de documentación 
de las MiPyMEs ante las entidades financieras

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras podrán utilizar el Legajo Único Financiero y Económico para simplificar el proceso de recabar y verificar la información que deben hacer sobre sus clientes cuando se traten de micro, pequeñas y medianas empresas.


El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso que las entidades financieras podrán utilizar el Legajo Único Financiero y Económico para simplificar el proceso de recabar y verificar la información que deben hacer sobre sus clientes cuando se traten de micro, pequeñas y medianas empresas.

El Legajo Único fue creado por Resolución N°92/21 del Ministerio de Desarrollo Productivo y permite la consolidación y estandarización de la información económica, financiera y contable de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).

Las MiPyMEs que se encuentren inscriptas y las que se registren en el futuro en el Registro de Empresas MiPyME, con su correspondiente certificado vigente, tendrán el Legajo Único Financiero y Económico.

La decisión del BCRA implica que las entidades financieras podrán utilizar la documentación incluida en este legajo en sus respectivos análisis financieros y crediticios.

Las MiPyMEs deberán prestar su consentimiento explícito para que la entidad financiera pueda acceder a ese legajo, que mantendrá la información actualizada en base a la documentación presentada ante la AFIP.

Las entidades financieras podrán utilizar la documentación contenida en el legajo para el cumplimiento de las normas, tales como “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” o “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria”, para requisitos de productos pasivos y “Gestión crediticia” o “Clasificación de deudores”, así como para requisitos de productos activos.

Las entidades financieras deberán, de ser necesario, obtener la información y documentación requerida conforme a la normativa aplicable que no se encuentre en ese legajo.

El Legajo Único Financiero y Económico contiene información de declaraciones juradas presentadas a la AFIP sobre ventas, compras, IVA débito e IVA crédito, información del activo, pasivo, patrimonio neto y estado de resultados provenientes de declaraciones juradas de Impuesto a las Ganancias, información de empleados, contribuciones patronales y aportes personales de los trabajadores.

Te puede interesar:   Flexibilizan el cepo para freelancers: podrán disponer de más dólares sin obligación de pasarlos a pesos

También incluye los estados contables presentados a través del servicio “Presentación Única de Balances (PUB)” de la AFIP, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente, entre otras.

Acceda al texto completo de la Comunicación «A» 7260 a continuación:

 Fuente: BCRA

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×