El Gobierno Actualizo los Parámetros para Categorizar a las PyMEs
El Gobierno Nacional dispuso la actualización de los importes de ventas totales anuales por los cuales se categorizan a las PyMEs con vigencia desde el próximo lunes 1 de abril.
El Gobierno Nacional dispuso la actualización de los importes de ventas totales anuales por los cuales se categorizan a las PyMEs con vigencia desde el próximo lunes 1 de abril.
Serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas cuyas ventas totales anuales expresadas en Pesos ($) no superen los valores establecidos en el cuadro que se detalla a continuación.
El Congreso de la Nación aprobó la Ley de Emprendedores que promueve la constitución de empresas en 24 horas, beneficios fiscales a quienes inviertan en emprendimientos, préstamos para impulsar proyectos en su etapa inicial y mecanismos que hoy se usan en el mundo para que los argentinos puedan apostar por ideas argentinas.
Contiene los vencimientos impositivos y laborales a nivel nacional y a nivel jurisdiccional CABA y Provincia de Buenos Aires (incluyendo Convenio Multilateral).
Los empresarios del comercio acordaron un aumento salarial anual de 20% con el sindicato de empleados mercantiles que lidera Armando Cavalieri.
Excel para simular el detalle de cuotas y pagos correspondiente al plan de facilidades permanente de la AFIP establecido por la RG 3827.
En el marco del tratamiento impositivo especial para las empresas que encuadren en la categoría de PyMES incriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” deberán considerar los siguientes puntos.
El Registro de Empleadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se crea para satisfacer los requerimientos legales de la Ley 265, que establece las competencias de la autoridad administrativa del trabajo de la Ciudad de Buenos Aires.
La Administración Nacional de la Seguridad Social publicó los nuevos montos de asignaciones familiares correspondientes a las distintas categorías del Régimen Simplificado (Monotributo).
El organismo de recaudación aplicará nuevos software (que sustituirán a los inspectores) para analizar toda la información que posee para detectar posibles evasores.
Disponer las formalidades, plazos y demás condiciones que deberán observar los sujetos que encuadren en la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, a los fines de acceder a los beneficios establecidos en la Ley N° 27264.
Establécese que, a los fines de acceder a los beneficios establecidos en el Título III de la Ley Nº 27.264, los potenciales beneficiarios deberán encontrarse previamente inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 27 de la Ley Nº 24.467 y sus modificatorias, creado por la Resolución Nº 38 de fecha 13 de febrero de 2017 de la SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, acreditando su condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa en los términos de la Resolución N° 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias y contar con Domicilio Especial Electrónico constituido en los términos del Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016.
Durante el mes de Marzo del corriente año (y al revés de lo que pasó en Febrero), el plazo para la presentación y pago del impuesto al valor agregado recaerá dos días después de lo común. Es decir comenzará a vencer el día 20.
El mail que llega de la cuenta «no-reply@afip.email» es falso y contiene un virus que podría infectar los aparatos informáticos si se descarga el archivo adjunto en el mismo.
Con la publicación en el B.O. del día de hoy de la Resolución General N° 3997 de AFIP, se oficializó lo que en la tarde de antes de ayer había anunciado Alberto Abad: la formalización «POS» via bancarización con el objetivo de transparentar la economía y combatir la evasión fiscal.