La segmentación energética o segmentación de tarifas es un nuevo régimen que está orientado a ordenar los subsidios de luz y gas de red que reciben los hogares y regirá a partir del mes de junio de 2022.
Tiene como objetivo alcanzar tarifas razonables, justas y equitativas para el valor de la energía en base a la capacidad económica de cada hogar. Para ello, se establecieron tres grupos:
- Segmento de ingresos altos: Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $348.869 (3,5 canastas básicas según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.
- Poseer 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Poseer 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
El segmento de ingresos altos tendrá una reducción de los subsidios gradual y en tercios bimestrales hasta alcanzar la cobertura plena del costo de la energía hacia fines de 2022.
- Segmento de ingresos medios: Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
- Segmento de menores ingresos: Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $99.677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos también dentro de este segmento aquellos hogares que, además de no cumplir alguna de las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $149.515 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $99,677 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
¿Quiénes deben inscribirse?
Todas y todos los argentinos que quieran mantener los subsidios a la luz y al gas que hoy reciben en sus hogares. Como la iniciativa está destinada a usuarias y usuarios residenciales, se deberá completar una solicitud por hogar. Sólo podrán completar el formulario personas mayores de 18 años.
¿Qué pasa con el secreto fiscal al momento de solicitar el subsidio?
Al ingresar la información requerida por el formulario de segmentación de subsidios, se autoriza al Estado Nacional a comprobar la veracidad de toda la información sin poder argumentar la existencia del cualquier secreto previsto legalmente
Una vez ingresados los datos, la asignación de segmento (ingresos altos, medios o menores) es automática según lo declarado en la solicitud pero de carácter provisorio. El Estado Nacional analizará esos datos y los cruzará con bases de datos de AFIP, SINTyS (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social), la Anses y los registros de la propiedad, entre otros. En caso de inconsistencias entre los datos se podrá asignar una nueva categoría.
Para completar el formulario y solicitar los subsidios a los servicios de energía eléctrica y gas natural se autoriza al Estado Nacional a comprobar la veracidad de toda la información sin poder argumentar la existencia del cualquier secreto previsto legalmente, como el secreto fiscal o el secreto financiero.
“La información que se brinde y verifique será considerada confidencial, gozando de la tutela que el ordenamiento jurídico acuerda a los datos de carácter personal. Al aceptar la opción que sigue autorizás al Estado Nacional a verificar la veracidad de toda la información que vas a brindar en fuentes disponibles en organismos tales como AFIP, SINTyS, ANSES, Registros de la Propiedad, entre otros, renunciando expresamente a oponer a esa verificación cualquier secreto previsto legalmente (fiscal, financiero u otro)”, indica el mensaje previo al acceso al formulario.
Sin esa tilde en el formulario, no se puede avanzar con la solicitud de mantener los subsidios. Por ahora, o se renuncia al derecho de secreto fiscal y el secreto financiero, o nada.
¿Es necesario inscribirse si el ciudadano cobra AUH, pensión o jubilación?
Sí, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.
¿Cuáles son las excepciones a la inscripción?
Existen dos casos en los cuales no es necesario llenar el formulario de inscripción:
- Personas electrodependientes no deben completar el trámite para solicitar el subsidio de la electricidad, pero sí deberán hacerlo para solicitar el de gas.
- Si en el domicilio funciona una entidad de bien público no corresponde hacer el trámite, en cambio se puede solicitar la tarifa diferencial para entidades.
¿Cuándo inscribirse?
La inscripción se realizará a través de la página web: https://www.argentina.gob.ar/subsidios en las siguientes fechas:
Terminación del DNI | Fecha de Inscripción |
0; 1 y 2 | Del 15/7 al 19/7 |
3; 4 y 5 | Del 20/7 al 22/7 |
6; 7; 8 y 9 | Del 23/7 al 26/7 |
Al momento de realizar la inscripción, es necesario tener a mano la siguiente documentación:
- El número de medidor y el número de Cliente/Servicio/Cuenta/Contrato o NIS que están en tu factura de energía eléctrica y gas natural por red.
- DNI.
- El número de CUIL de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Los ingresos de cada integrante del hogar mayor de 18 años.
- Una dirección de correo electrónico.
- Si en el domicilio de los servicios funciona un comedor o merendero comunitario registrado en el ReNaCOM, tené a mano el número de registro.
En los casos de no poder completar la solicitud digital, el trámite podrá realizarse:
- En las oficinas de los prestadores de tus servicios de luz y gas.
- En la oficina de ANSES más cercana, sacando turno previo.
- En el Punto Digital más cercano.
¿Para qué servicios públicos aplica la solicitud?
La solicitud aplica para los servicios de energía eléctrica y gas de red.
¿Qué tengo que hacer para mantener los subsidios a la luz y el gas?
Tenés que completar el formulario de inscripción que tiene carácter de declaración jurada. Luego el Estado Nacional va a evaluar la información disponible y asignarte el subsidio que te corresponda de acuerdo a las condiciones socio-económicas de tu hogar.
Si no puedo completar la solicitud digital, ¿Qué otra alternativa existe para inscribirme?
Podes acercarte a:
– Las oficinas de los prestadores de tus servicios de luz y gas.
– La oficina de ANSES más cercana, sacando turno previo en su sitio web.
– El Punto Digital más cercano. Podés ver acá dónde están.
¿Por qué tienen que completar la solicitud todas las personas?
Hasta antes de esta segmentación, todos los hogares recibían subsidios en sus facturas sin distinción de acuerdo a su capacidad económica. Para hacer una distribución más justa de los subsidios y asistir a quienes realmente lo necesitan, este esquema requiere vincular a cada hogar con sus servicios de luz y gas.
Actualmente, el Estado no tiene un registro que vincule los datos de los servicios de luz y gas con los hogares que realmente los usan. Por eso, mediante el Decreto 332/2022 creamos el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) a partir del cual podremos saber a qué medidor y número de cuenta, cliente servicio está asociado cada hogar y conocer sus condiciones socio-económicas.
¿El subsidio se aplica igual para todo el país?
Sí, el subsidio es el mismo para cada segmento definido y se aplica al componente energético de las facturas de todas las distribuidoras de luz y gas del país.
¿Qué pasa si vivo en la Patagonia?
Si vivís en una zona alcanzada por la Ley 23.272 (el partido de Patagones en provincia de Buenos Aires, Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur), vas a poder acceder a los subsidios que te correspondan según las condiciones socio-económicas de tu hogar. La diferencia respecto de las otras regiones es que, si vivís en la Patagonia, los ingresos mensuales totales tu hogar para pertenecer al segmento de ingresos altos deberán ser iguales o superiores a $425.620 (el equivalente a 3,5 canastas básicas totales más el 22%).
¿Cómo se definen los ingresos totales para cada segmento?
Se entiende por ingresos totales del hogar a la suma mensual de los ingresos de bolsillo de cada integrante del hogar. Los ingresos totales que definen a cada segmento para el nuevo esquema de subsidios se calculan tomando como referencia el valor actual de la canasta básica tipo 2 de INDEC.
En el segmento de ingresos altos, los ingresos totales equivalen o superan el valor de 3,5 canastas.
Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de ingresos altos deberán ser equivalentes o superiores a $425.620.
En el segmento de ingresos medios, los ingresos totales varían entre 1 y 3,5 canastas.
En el segmento de menores ingresos, los ingresos totales no superan el valor de 1 canasta.
Para conocer más sobre el valor de la canasta básica total, podés ingresar a la página de INDEC.-
¿A cuánto equivale hoy la canasta básica tipo 2 de INDEC?
Al 21 de junio de 2022 la canasta básica tipo 2 de INDEC equivale a $99.676,85. Para seguir la actualización de este dato, podés ingresar acá.
¿Qué sucede si la factura del servicio no llega a mi nombre?
Si la factura no llega a tu nombre, igual vas a poder realizar la solicitud como usuario de los servicios indicando que no sos la persona titular.
¿Tengo que cambiar la titularidad del servicio para acceder al subsidio?
No, podés acceder igual sin tener que cambiar la titularidad. Por eso te pedimos que nos ayudes a vincular tus datos, y el de las personas que conviven en tu hogar, con los medidores de luz y gas.
¿Puedo acceder al subsidio si alquilo la propiedad?
Si, aunque no seas el propietario de tu domicilio vas a poder solicitar el subsidio como usuario de los servicios. Lo importante es asociar a los usuarios y usuarias reales de la luz y el gas con un determinado medidor y número de cuenta, cliente o servicio.
¿La inscripción a este subsidio es compatible con otras prestaciones sociales?
Sí, la inscripción es compatible con otras prestaciones sociales. Si ya sos beneficiaria o beneficiario de algún programa, igualmente tenés que inscribirte.
¿Para cuántos hogares puedo hacer la solicitud del subsidio?
Sólo podrás hacer la solicitud de subsidio para un medidor de energía eléctrica y uno de gas de red de tu domicilio declarado.
¿Quiénes conforman un hogar?
Se denomina hogar a todas las personas, familiares o no, que viven en el domicilio del servicio de luz y/o gas.
¿Qué sucede si tengo más de un servicio de luz o gas a mi nombre?
En ese caso, solamente deberás completar los datos del servicio de un solo domicilio.
¿Puedo solicitar el subsidio para dos servicios de diferentes viviendas?
No, solo podés solicitar el subsidio para un medidor de luz y para un medidor de gas de un único domicilio.
¿Con la información suministrada en la declaración jurada es suficiente?
Sí. El Estado Nacional realizará un análisis en base a la información disponible en sus bases de datos administrativas, según lo autorizaste en la declaración jurada al momento de completar la solicitud.
¿Dónde puedo consultar el estado de mi solicitud?
Vas a poder consultar el estado del trámite ingresando en la app Mi Argentina y completando los campos con el número de gestión que te fue entregado al finalizar la solicitud y tu número de DNI.
¿Qué pasa si ya soy beneficiaria o beneficiario de la Tarifa Social de gas?
Igualmente tenés que completar la solicitud de subsidios. Como son dos cosas diferentes, vas a seguir recibiendo la Tarifa Social.
¿Tengo que inscribirme si recibo una asignación, una pensión o jubilación?
Si, tienen que inscribirse todas las personas, incluyendo las que perciben una jubilación, pensión y/o son beneficiarias de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo, Progresar y Potenciar Trabajo.