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Suma fija ART: nuevo importe del FFEP a pagar en diciembre/2024

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La suma fija se incrementa a $1.069 por cada trabajador. Este nuevo monto se aplica al devengado del mes de noviembre de 2024 y se abonará a partir de diciembre de 2024.


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), a través de la Disposición (GCP) 11/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina estableció un incremento en la suma fija que los empleadores deben abonar por cada trabajador al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP).

La suma fija se incrementa a $1.069 por cada trabajador. Este nuevo monto se aplica al devengado del mes de noviembre de 2024 y se abonará a partir de diciembre de 2024.

El FFEP tiene como objetivo financiar las prestaciones por enfermedades profesionales. La SRT tiene la facultad de establecer y actualizar el valor de la suma fija destinada al FFEP.

La Disposición se basa en la Ley N° 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo), el Decreto N° 590/97, y diversas resoluciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de la SRT.

La actualización del importe de la suma fija destinada al FFEP busca garantizar el financiamiento adecuado de las prestaciones por enfermedades profesionales. El incremento se realiza en un contexto de inflación, utilizando la variación del RIPTE como referencia para mantener el valor real de la contribución.

Finalmente, recordamos que en función a lo establecido en la RG 5556/2024, se habilitó el cómputo automático del Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.), a fin de calcular el monto fijo de las obligaciones de ART que surge desde la Declaración Jurada de Seguridad Social F.931.

Para ello, deberán completarse los datos vinculados exclusivamente a los componentes del contrato celebrado con la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART), en el módulo “Para actualizar sus datos de Empleador” del servicio “Declaración en Línea”.

El empleador únicamente informará:

  • El Porcentaje de alícuota LRT
  • El Importe fijo contractual (sin incluir el importe fijo correspondiente al F.F.E.P.)

Respecto a este último campo, se debe considerar que no debe incluirse el importe fijo correspondiente al F.F.E.P. Solamente se informará importe en caso  que el contrato especifique, para el empleador en particular, un importe fijo por cada trabajador. De lo contrario, si el contrato no define un importe fijo, se debe indicar “0,00”.

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