La Resolución 218/2025 dispone la suspensión temporaria de la normativa que había dejado sin efecto la Resolución N.º 1510/1994. Esta última prohibía que cooperativas de trabajo se dedicaran a actividades vinculadas a agencias de colocación, limpieza, seguridad, distribución de correspondencia y servicios eventuales.
El objetivo de la suspensión es generar un espacio de análisis y consultas técnicas que permitan dar una solución definitiva a las inquietudes planteadas por sectores cooperativos, organizaciones de trabajadores y entidades empresariales, según destacó el INAES.
El Directorio del Instituto también encomendó a su Presidencia llevar adelante gestiones ante la Secretaría de Trabajo de la Nación para resolver la situación generada por la aplicación de la normativa en cuestión.
Esta medida responde a la necesidad de brindar seguridad jurídica y proteger el interés público en el ámbito del cooperativismo de trabajo.