La AFIP ha procedido a publicar en su sitio web una parte de las tablas de valuaciones correspondientes al impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2018. Las mismas se encuentran en el Micrositio Ganancias y Bienes Personales y corresponden a las de Monedas extranjeras, Títulos públicos y Cupones impagos, Fondos comunes de inversión y Detalle de entidades financieras.
Recordamos que la semana pasada la AFIP oficializó una normativa interna mediante la cual se establecen las áreas del organismo que serán las encargadas de publicar y difundir en el sitio “web”, las tablas a fin de dar a conocer los valores mínimos computables de los bienes automotores, así como los últimos valores de cotización al 31 de diciembre de cada año, de las divisas, de las obligaciones negociables, los certificados de participación, los títulos de deuda y los títulos públicos y sus cupones impagos, que cotizan en bolsa, y de las cuotapartes de los fondos comunes de inversión. La medida fue dada a conocer mediante Disposición N° 111/2019.
En este sentido, se estableció que las referidas tablas deberán encontrarse publicadas en el sitio “web” con una antelación mínima de cuarenta días corridos contados desde la fecha de vencimiento establecida para la presentación de la declaración jurada del impuesto sobre los bienes personales, con lo cual deberían estar publicadas, para el año 2018 antes del próximo 2 de mayo.
En cuanto a la actualización del aplicativo Bienes Personales Web, obligatorio desde hace un par de años, la AFIP puntualmente establece que las Direcciones de Programas y Normas de Recaudación, y de Sistemas de Recaudación, Seguridad Social y Servicios, dependientes de las Subdirecciones Generales de Recaudación y de Sistemas y Telecomunicaciones, respectivamente, serán responsables de incorporar las tablas al sistema informático que deban utilizar los contribuyentes para confeccionar anualmente sus declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales.
Así, se dispone que las áreas encargadas de la elaboración de las tablas deberán ponerlas a disposición del área encargada de incorporar las mismas al sistema informático que deban utilizar los contribuyentes para confeccionar anualmente sus declaraciones juradas del impuesto sobre los bienes personales, hasta el décimo día hábil del mes de abril de cada año.
Puntualmente, la AFIP publicó las siguientes valuaciones para el período fiscal 2018:
Anexo I (última actualización 20/5/2019)
- Automóviles
- Camiones, pick-ups, chasis c/s cabina, varios
- Transportes de pasajeros y motor home
- Motocicletas y motos (motovehículos)
Anexo II
Anexo III