Aplicativos AFIP. Ganancias Sociedades. Nueva Versión 15.1 Release 1.
Permite generación de archivo para presentar.
Permite generación de archivo para presentar.
[restabs alignment=»osc-tabs-center» pills=»nav-pills» responsive=»false»] [restab title=»SUMARIO» active=»active»] Resumen: Se establecen regímenes de facilidades de pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, aplicables para la cancelación de obligaciones impositivas -excepto retenciones y percepciones- y de las correspondientes a aportes y contribuciones de la Seguridad Social, al Régimen de Trabajadores Autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
La AFIP informa en su sitio web que ha actualizado a una nueva versión el servicio Ganancias Personas Humanas Web con las siguientes novedades:
Como es sabido, la mencionada reforma dispuso que a partir del 1° de junio las sociedades ya no podrán formar parte del universo de sujetos monotributistas.
La semana pasada la AFIP oficializó la prórroga para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales para Personas Humanas fijando los mismos entre el 11 y 13 de julio próximos.
Se procede a la publicación del listado de los contribuyentes excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del mes de Junio 2018.
Se establece que con la finalidad de poner en conocimiento de los sujetos responsables de los tributos los referidos valores actualizados, resulta necesario prever el procedimiento de información que será utilizado de acuerdo con lo establecido en cada norma en particular.
Se establece extender el plazo para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta correspondientes a las personas humanas y sucesiones indivisas.
Se establece el uso obligatorio del “Remito Electrónico Cárnico” como único documento válido para amparar el traslado en la República Argentina de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas.
Se realizan determinadas adecuaciones normativas destinadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes a sujetos que se encuentren alcanzados por los beneficios acordados a zonas declaradas en estado de desastre y/o emergencia, sin desnaturalizar el espíritu del aludido régimen de facilidades de pago. Se elimina el requisito de presentación del formulario de declaración jurada N° 408/A para obtener el levantamiento de embargos.
El nuevo plazo es del 11 al 13 de julio.
e establecen los lineamientos generales para la implementación de un régimen de pago a cuenta del impuesto sobre los ingresos brutos que alcance a los contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires que se encuentren comprendidos en el Artículo 24 de la Resolución General N° 4.199-E (AFIP).
Se establece que ARBA adhiere al régimen establecido por la Resolución General Conjunta N° 4168 AFIP de fecha 13 de diciembre de 2017 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA y el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, en los términos de su Artículo 4°.
Se establece que a los fines de transparentar la cadena de comercialización de haciendas y carnes porcinas, resulta aconsejable que la emisión de las liquidaciones de compra-venta primaria de hacienda y carnes a través de consignatarios y las liquidaciones de compra-venta directa de hacienda se realicen mediante comprobantes electrónicos específicos para la actividad.
Desde el próximo jueves 1° de junio se debería poder utilizar el plan de facilidades exclusivo para pagar el saldo de Ganancias y Bienes Personales según lo establecido por la AFIP el año pasado. El mismo estará disponible hasta el 31 de julio próximo.