AFIP

Impuestos Legislación

Resolución General 4030 AFIP: Se Incrementa a $500.000.- el Ingreso Anual Mínimo para la Presentación de las DDJJ Informativas de Ganancias Correspondientes al Período Fiscal 2016 y Otras Modificaciones a la RG 4003.

Que razones de administración tributaria aconsejan elevar a $ 500.000.- el importe a partir del cual los empleados en relación de dependencia deberán informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y pagos a cuenta.

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Resolución General N° 4031 AFIP: Se Establece la Exención del Impuesto a los Débitos y Créditos para los Depósitos en Cajas de Ahorro de Personas Humanas en su Calidad de Empleadores por los Fondos Destinados al Pago de Haberes

Se estima conveniente receptar el tratamiento exentivo aplicable en el referido gravamen -desde su implementación- a los débitos en las cuentas de cajas de ahorro de personas humanas en su carácter de empleadores, por los fondos derivados para el pago de remuneraciones de sus empleados.

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Resolución General 4027 AFIP: Se Establece Plazo Especial para las Obligaciones de Presentación de DDJJ y Pago a los Contribuyentes de la Provincia de Chubut

La presentación y, en su caso, pago de las obligaciones a que se refiere el Artículo 1° con vencimientos fijados durante los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2017, se considerarán efectuados en término siempre que se efectivicen hasta las fechas de vencimientos fijadas por esta Administración Federal —de acuerdo con la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable— para los meses de agosto a diciembre de 2017, respectivamente.

Impuestos

SIRADIG: Ultima Semana para Informar las Deducciones para Ganancias 2016 de Empleados y Jubilados. Detalles y Claves a Tener en Cuenta.

Los empleados en relación de dependencia y los jubilados a los cuales se les retenga el impuesto a las ganancias de sus sueldos y/o haberes tienen tiempo hasta el próximo 21 de abril para presentar ante su empleador, a través del formulario 572 web, las deducciones a computar en la liquidación anual correspondiente al período

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