AFIP

Impuestos Legislación

Resolución General 3860 AFIP. Se Prorroga la Presentación y Pago de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas.

Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales —correspondientes al período fiscal 2015— de los sujetos comprendidos en las Resoluciones Generales N° 975, sus modificatorias y complementarias y N° 2.151 y sus complementarias —excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30—, cuyos vencimientos operan durante el mes de abril de 2016, podrán efectuarse —en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 3.820—, hasta las fechas del mes de abril de 2016 que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del contribuyente, se indican a continuación:

Legislación Misceláneas

RG 3835 AFIP. Valuaciones Computables para el Impuesto sobre los Bienes Personales 2015.

Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva declaración jurada correspondiente al período fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas” (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) obrante en el sitio “web” institucional de este Organismo, en el cual estará disponible la información referida a:

Consultorio / Capacitación Societario y Contable

Guía para Entender el Nuevo Servicio «Estados Administrativos de la CUIT» de la RG 3832 de AFIP

A través de la Resolución General 3832 publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP estableció determinadas categorías de «riesgo» teniendo en cada caso distintos niveles de acceso a los servicios con clave fiscal y derogó la tan polémica inhabilitación de la CUIT para aquellos contribuyentes que estuvieran en falta con el fisco.

Legislación Societario y Contable

RG 3832 AFIP. Se Deroga la Cancelación de CUIT y Se Aprueba el Servicio «Estados Administrativos de la CUIT»

[spoiler title=’RESUMEN’ style=’blue’ collapse_link=’true’] Síntesis: Procedimiento. “Sistema Registral”. Estados Administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.). Acceso a los servicios con Clave Fiscal. Resolución General Nº 3.358. Su sustitución. Estado de la Norma: Vigente B.O. 03/03/2016 Vigencia y Aplicación: 03/03/2016 (s/ Artículo 15) Deroga a: Resolución General N° 3.358 AFIP Modificada por: Resolución General N°

Legislación Societario y Contable

RG 3831 AFIP. Se Reglamentan las Modificaciones en las Deducciones Personales del Impuesto a las Ganancias Decreto 394/16.

Los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General N° 2.437, sus modificatorias y complementarias, a los fines de la determinación del importe correspondiente a la retención del impuesto a las ganancias prevista en dicha norma, a partir del período fiscal 2016 deberán aplicar las tablas y la escala que se consignan en el Anexo que se aprueba y forma parte de la presente.

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