AGIP

Provinciales Societario y Contable

AGIP: Guía Paso a Paso para Cumplir con el Reempadronamiento Obligatorio que Vence el 31 de Marzo.

Con motivo de la aprobación reciente del “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación la AGIP procedió a la actualización de los códigos de actividad oportunamente declarados por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de las categorías Locales, Régimen Simplificado y Actividades Especiales.

Legislación Provinciales

Resolución 622/19 DGR (CABA) ✔ Ingresos Brutos. Agentes de Recaudación. DDJJ Período 2/2019 e-ARCIBA. Vencimiento. Prórroga.

Se consideran  presentadas y abonadas en término hasta el día 12 de marzo de 2019, las declaraciones juradas y pagos del período febrero de 2019 a cargo de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires (e-ARCIBA), cuyo vencimiento operará el día 7 de marzo del corriente año.

Legislación Provinciales

Resolución 27/19 AGIP (CABA) ✔ Ingresos Brutos. Actividades Económicas. Reempadronamiento Obligatorio. Aprobación.

Se establece el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en las categorías Locales, Régimen Simplificado y actividades especiales, efectuándose la conversión automática de los códigos de actividad de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de las categorías locales, Régimen Simplificado y actividades especiales, de conformidad con la tabla de conversiones entre el “NAES – Nomenclador de actividades económicas del sistema federal de recaudación” y el Nomenclador de actividades económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA), fijada por la Res. A.G.I.P. 13/19.

Legislación Provinciales

Resolución 13/19 AGIP (CABA) ✔ Ingresos Brutos. Nomenclador de Actividades NAES. Aplicación para Todas las Categorías de Contribuyentes. Aprobación.

Se aprueba el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación”, para su aplicación respecto de todas las categorías de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos y la tabla de conversiones entre el “NAES – Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación” y el Nomenclador de Actividades Económicas para la Ciudad de Buenos Aires (NAECBA).

Legislación Provinciales

Resolución 11/19 AGIP (CABA) ✔ Ingresos Brutos. Régimen General de Agentes de Recaudación. Factura de Crédito Electrónica MiPyME. Reglamentación.

Se establece que el régimen general de agentes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos fijado por la Res. A.G.I.P. 939/13 y sus modificatorias, en los supuestos que resulte de aplicación el régimen de “Factura de crédito electrónica MiPyME” implementado por el Tít. I de la Ley 27.440 y normas complementarias, se regirá complementariamente por las disposiciones contenidas en la presente resolución.

Legislación

Resolución 295/18 AGIP (CABA). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). Procedimiento de Inscripción Web.

Se establece que la inscripción como contribuyentes en el impuesto sobre los ingresos brutos categoría locales de las sociedades por acciones simplificadas (SAS), constituidas en el marco de la Ley Nacional 27.349, deberá ser efectuada por su representante legal a través del aplicativo disponible a tal efecto en la página web de la AGIP.

Legislación

Resolución 264/18 AGIP (CABA). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Reclamos de Repetición Originados en Retenciones y/o Percepciones. Se Incrementa el Tope A Partir del Cual Se Deberá Verificar la Existencia de Deuda en Otros Impuestos.

Se establece que los reclamos de repetición del impuesto sobre los ingresos brutos originados en retenciones/percepciones efectuadas por los agentes de recaudación, cuyos importes no superen la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), no requieren la verificación de la existencia de deuda con respecto de los restantes gravámenes por los que se encuentra alcanzado el contribuyente. Dicho procedimiento solo será aplicable respecto de los contribuyentes o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos cuya conducta tributaria no haya sido calificada en los niveles 3 (alto) y 4 (muy alto).

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