Resolución 264/18 AGIP (CABA). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Reclamos de Repetición Originados en Retenciones y/o Percepciones. Se Incrementa el Tope A Partir del Cual Se Deberá Verificar la Existencia de Deuda en Otros Impuestos.
Se establece que los reclamos de repetición del impuesto sobre los ingresos brutos originados en retenciones/percepciones efectuadas por los agentes de recaudación, cuyos importes no superen la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), no requieren la verificación de la existencia de deuda con respecto de los restantes gravámenes por los que se encuentra alcanzado el contribuyente. Dicho procedimiento solo será aplicable respecto de los contribuyentes o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos cuya conducta tributaria no haya sido calificada en los niveles 3 (alto) y 4 (muy alto).