CCT 272/96

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 856/18 SECT#MT ✔ Homologación. Pasteleros y Afines. Rama Pastelería. CCT 272/96. Acuerdo del 8/5/2018. Escala Salarial Desde 5/2018 y 8/2018.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros, por el sector sindical y la la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés, la Asociación Panaderos Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires, por el sector empleador; de fecha 8/5/2018; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 272/96, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de mayo de 2018.

Laboral y Previsión Social Legislación

Disposición 42/18 DNRyRT#MPyT ✔ Pasteleros, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros. Rama Pastelería. CCT 272/96. Tope Indemnizatorio Desde 8/2017, 11/2017 y 2/2018.

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución 128/18 SECT#MT y registrado bajo el Nº 30/18, suscripto entre la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros, por la parte sindical y la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías Y Cafés, la Asociación Panaderos de Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 272/96.

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 128/18 SECT#MT ✔ Pasteleros, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros. Rama Pastelería. CCT 272/96. Homologación del Acuerdo del 2/5/2017. Gratificación No Remunerativa. Escala Salarial Desde 8/2017, 11/2017 y 2/2018.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros, por la parte sindical y la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías Y Cafés, la Asociación Panaderos de Capital Federal y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 272/96, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de agosto de 2017.

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