Convenio Multilateral

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Impuestos Legislación

Resolución General 3/17 COMARB. Interpretación Sobre los Gastos No Computables para el Armado del Coeficiente de los Contribuyentes del Régimen General del Convenio Multilateral.

A los fines de la aplicación del régimen general del Convenio Multilateral e independientemente del tratamiento que le asigne la legislación de cada jurisdicción respecto a su gravabilidad, no se computarán dentro de los ingresos brutos totales del contribuyente, para el armado del respectivo coeficiente.

Impuestos Legislación

Resolución General 20/16 COMARB. SIFERE Web: Se Consideran en Término Todas las DDJJ de Octubre Presentadas por Hasta el 17/11/2016.

Considerar presentadas y pagadas en término todas las declaraciones juradas del anticipo de octubre del período fiscal 2016 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio Multilateral, que se registren al día 17 de noviembre de 2016, último día de vencimiento establecido para todos los tramos de contribuyentes por la Resolución General N° 5/2015.

Impuestos Legislación Societario y Contable

Resolución General 16/16 COMARB. Obligatoriedad del Uso del SIFERE Web desde Noviembre.

Establecer para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral —con la excepción prevista en el artículo 3°— el uso obligatorio del Módulo DDJJ “Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05) del Sistema SIFERE WEB” —aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral—, para la presentación de declaraciones juradas mensuales a partir del 1° de Noviembre de 2016. Para su uso deberán considerarse las disposiciones previstas en la mencionada resolución.

Impuestos Legislación

Resolución General 5/16 COMARB. La DDJJ Anual CM05 2015 Deberá Confeccionarse Mediante el Aplicativo SIFERE del SIAP.

Establecer que la Declaración Jurada Anual —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2015 (y anteriores si fuera necesario), deberá ser confeccionada con la última versión del aplicativo SIFERE disponible en el sitio web de la Comisión Arbitral (www.ca.gov.ar), más allá que el contribuyente haya sido incorporado o no al Sistema SIFERE WEB —aprobado por Resolución General N° 11/2014 de esta Comisión Arbitral—.

Impuestos Legislación

RG 1/16 COMARB. Se Posterga el Vencimiento de la DDJJ Anual 2015 (CM05) para el 16 de Mayo

Establecer que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada —Formulario CM05— correspondiente al período fiscal 2015 operará el 16 de mayo del año 2016, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas, según lo establecido en los artículos 83 y 84 del anexo de la Resolución General N° 1/2015.

Impuestos Legislación

COMARB Resolución General 7/15. Calendario de Vencimientos 2016 para Agentes de Recaudación SIRCREB.

Establecer para el período fiscal 2016 las fechas de vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas decenales referidas al Régimen de Recaudación y Control sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Impuestos Legislación

COMARB Resolución General 5/15. Calendario de Vencimientos 2016 para Contribuyentes del Convenio Multilateral.

Establecer para el período fiscal 2016, las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, en base al dígito verificador del número de CUIT correspondiente.

Impuestos Societario y Contable

Rigen los Nuevos Números de Identificación para los Contribuyentes de Convenio Multilateral

De acuerdo a lo establecido por la Resolución General Nº 3/15 de la Comisión Arbitral, se establece al N° de CUIT como única identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral, lo cual entrará en vigencia a partir del 1° de Noviembre de 2015. Adicionalmente deberán considerarse los dígitos asignados como Jurisdicción Sede, la cual se identifica entre 901 y 924.

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