Ganancias y Bienes Personales

Blog del Contador Planes de Suscripción


Impuestos

Bienes Personales Web: AFIP Habilitó el Nuevo Servicio a Medias y Aclaró que Recién a Partir del Próximo Lunes se Podrán Presentar las Declaraciones Juradas

El día llegó y si bien el servicio parece estar disponible para adherir, por el momento no se puede habilitar ya que al intentar hacerlo nos da el siguiente error: «Ha ocurrido un error en la ejecución del sistema. El mensaje del error es: El servicio aún no esta disponible para ser asignado. No han sido configurados los controles de acceso. Para obtener ayuda respecto a este error, envie un correo electronico a mayuda@afip.gov.ar mencionando el Número de Ticket 19847308 como referencia a su situación.»

Impuestos Legislación

Resolución General 3874 AFIP. Prórroga para los Vencimientos de Mayo de Ganancias, Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta.

Sustitúyense las fechas de vencimiento establecidas para el mes de mayo de 2016 por la Resolución General N° 3.820 para la presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, el pago correspondiente, de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta, conforme se indica en los cuadros siguientes.

Impuestos Legislación

Resolución General 3860 AFIP. Se Prorroga la Presentación y Pago de las Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas.

Las obligaciones de presentación de las declaraciones juradas y, en su caso, de pago de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales —correspondientes al período fiscal 2015— de los sujetos comprendidos en las Resoluciones Generales N° 975, sus modificatorias y complementarias y N° 2.151 y sus complementarias —excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30—, cuyos vencimientos operan durante el mes de abril de 2016, podrán efectuarse —en sustitución de lo previsto en la Resolución General N° 3.820—, hasta las fechas del mes de abril de 2016 que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del contribuyente, se indican a continuación:

Legislación Misceláneas

RG 3835 AFIP. Valuaciones Computables para el Impuesto sobre los Bienes Personales 2015.

Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva declaración jurada correspondiente al período fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas” (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) obrante en el sitio “web” institucional de este Organismo, en el cual estará disponible la información referida a:

Impuestos Societario y Contable

Aplicativo Ganancias y Bienes Personales Versión 15. Reclamos del Consejo Porteño y la FACPCE a la AFIP.

El Consejo Profesional de Ciencias Económica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) y la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) enviaron a las autoridades de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sendas notas reclamando, por una parte, los problemas observados por los profesionales a la hora de utilizar la nueva versión del aplicativo y, por otra, la prórroga en el vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2013.

Scroll al inicio
×