Monotributo

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prorroga al 31-7 ganancias
Impuestos Societario y Contable

El Consejo Porteño Solicita Prórroga al 31/7 de Ganancias, Bienes Personales, Cedular y Recategorización Monotributo

El miércoles 17 de julio el Consejo de Ciencias Económicas porteño envió una nota dirigida al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Ing. Leandro Cuccioli, solicitando una prórroga al 31/7 de Ganancias, Cedular y sobre los Bienes Personales, como así también en la Recategorización en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes – Monotributo. 

Exclusión monotributo por exceso de gastos, jurisprudencia AFIP c/ Wisniacki Bernardo
Impuestos Jurisprudencia

Jurisprudencia ✔ Monotributo. Exclusión por Excesivo Costo Laboral. Se Ordena a la AFIP Actualizar Parámetros Debidamente en Contexto de Alta Inflación.

La AFIP debe tener en cuenta que, en un contexto de altainflación es sumamente necesario que los incrementos en losmontos de la cuota del monotributo sigan una pauta preestablecida(un índice de precios creíble y real, vgr: en la especie debió teneren cuenta el índice de remuneraciones, aplicables al caso, atento nose produzca una situación injusta con respecto pequeñas empresas,dado que es de público conocimiento que el costo laboral aumentó sotensiblemente.

Exclusión monotributo por exceso de gastos, jurisprudencia AFIP c/ Wisniacki Bernardo
Impuestos Jurisprudencia

Jurisprudencia. CCAF Sala IV ✔ Monotributo. Exclusión del Régimen. Se Revoca Sentencia de Primera Instancia. Ingresos por Cuenta Ajena No son Computables Para Determinar la Facturación Anual del Contribuyente.

Con ajuste al principio de realidad económica, no puede razonablemente predicarse que el art. 3º del Anexo de la ley 26.565 habilita a contemplar los ingresos obtenidos “por cuenta aneja” para determinar si el contribuyente (en este caso, la actora) superó los montos máximos de ingresos previstos en el art. 8º del Anexo del Régimen Simplificado, para luego ser excluida ipso iure por las prescripciones del art. 20, inc. a, del Anexo de la ley 26.565.

Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General Conjunta 4449 AFIP y DGR (San Juan) ✔ Sistema Único Tributario. Monotributo Unificado. Provincia de San Juan. Incorporación.

Se incorporan, con vigencia desde el 1 de abril de 2019, al “Sistema Único Tributario”, a aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), previsto en el Anexo de la Ley N° 24.977, que resulten asimismo alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de San Juan y, en su caso, por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios -cualquiera fuere su denominación-, en los términos de la presente.

Impuestos

Factura Electrónica: Nuevos Obligados desde el 1 de Febrero.

Desde el 1 de Febrero quedan obligados a la utilización de factura electrónica y/o controlador fiscal todos los monotributistas Categoría C que realicen operaciones con sujetos responsables inscriptos en el IVA, exentos y/u otros monotributistas. Para las ventas a consumidor final la obligación será a partir del 1 de abril próximo.

Impuestos Legislación

Resolución General 4357 AFIP ✔ Monotributo. Pago a Través de Débito en Cuenta Bancaria. Tramitación Vía Web.

Se establece la posibilidad de gestionar a través del portal “web”, opción “Pagos” la modalidad de pago del Monotributo mediante débito directo en cuenta bancaria. Para ello previamente se deberá declarar en el servicio “Declaración de CBU”, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro desde la que se debitarán los importes correspondientes.

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