Recordamos que de acuerdo al artículo 19 de la Ley 27555 de Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, la misma entrará en vigor luego de noventa (90) días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Recordamos que de acuerdo al artículo 19 de la Ley 27555 de Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo, la misma entrará en vigor luego de noventa (90) días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En este sentido, mediante el Decreto 875/20 el Poder Ejecutivo Nacional establece las nuevas medidas de prevención sanitaria que regirán hasta el 29 de noviembre, disponiendo el fin del aislamiento obligatorio en el AMBA pero manteniéndolo en distintos puntos del país.
Entendemos que el plazo debería empezar a correr a partir de la finalización del aislamiento obligatorio en todo el territorio de la República.
Fuente: Redacción BdC