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Textiles (Obreros): Acuerdo con Aumento del 21% en Tres Tramos + Suma No Remunerativa de $ 6.000.- Nuevas Escalas Salariales desde Junio 2017 (CCT N° 500/07)

La Asociación de Obreros Textiles de la República Argentina (AOTRA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo N° 500/07 con vigencia desde el 1 de Junio de 2017 hasta el 31 de Mayo de 2018.


La Asociación de Obreros Textiles de la República Argentina (AOTRA) informó que ha arribado a un nuevo acuerdo salarial con las cámaras empresarias del sector que abarca a todos los trabajadores del Convenio Colectivo de Trabajo N° 500/07 con vigencia desde el 1 de Junio de 2017 hasta el 31 de Mayo de 2018.

En dicho acuerdo se estableció lo siguiente:

a) Incremento Salarial: Un aumento del 21% para todos los salarios básicos a pagarse en tres tramos no acumulativos según el siguiente detalle:

  • 15% a pagarse desde el 1 de Junio de 2017,
  • 4% a pagarse desde el 1 de Noviembre de 2017,
  • 2% a pagarse desde el 1 de Diciembre de 2017.

b) Suma No Remunerativa: los empleadores abonarán a todos los trabajadores comprendidos en el CCT 500/07 una suma no remunerativa de $ 6.000.- a pagarse en cuatro cuotas de $ 1.500.- c/u junto con los haberes correspondientes a las segundas quincenas de Julio/2017, Octubre/2017, Enero/2018 y Marzo/2018. Esta asignación se elevará al 100% para los trabajadores de Tierra del Fuego.

c) Bonificación por Antigüedad: se actualizan los valores correspondientes a la bonificación por antgüedad elevándose un 15% a partir del 1 de Junio de 2017 y un 6% más a partir del 1 de Noviembre de 2017.

d) Contribución Empresarial Extraordinaria: cada empleador deberá pagar una contribución de $ 150.- mensuales por cada trabajador en los meses de Julio/2017, Octubre/2017, Enero/2018 y Marzo/2018. Asimismo, se establece que la contribución especial fijada en el artículo 35 del CCT 500/07 se elevará al doble (del 2% al 4%) por el período que rige el presente acuerdo.

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Homologación

El presente acuerdo se encuentra homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, mediante Disposición N° 17/17 de la Subsecretaría de Relaciones Laborales de fecha 13/06/2017.

VER HOMOLOGACION

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