El Ministerio de trabajo homologó el acuerdo salarial firmado en el mes de octubre entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
La medida fue dispuesta en el día de ayer a través de la Resolución 2198/2023 de la Secretaría de Trabajo.
A partir del mes de octubre de 2023 las remuneraciones básicas convencionales serán equivalentes a las correspondientes al mes de septiembre de 2023 con más un porcentual del 9% remunerativo.
Conforme a ello, los incrementos pactados en el flamante Acuerdo se liquidarán tomando como base de cálculo las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de octubre de 2023, conformado por septiembre de 2023 más 9%. A partir de allí, se han pactado tres aumentos no remunerativos y no acumulativos a abonarse de la siguiente manera:
- 11% desde octubre,
- 13,5% desde noviembre y
- 13,5% desde diciembre.
Escala Salarial
Los montos no remunerativos mencionados se incorporarán a las escalas del mes de enero de 2024, por su valor nominal.
Lo pactado tiene vigencia desde el 1° de octubre de 2023 y hasta el 31 de marzo de 2024, sin perjuicio de lo cual las partes se comprometieron a reunirse en el mes de enero de 2024 para analizarlas variaciones económicas que pudieran haber ocurrido.