La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) ha acordado con las Cámaras del sector mercantil, el traslado del sábado 26 de septiembre de 2020, fecha en que se celebra el Día del Empleado de Comercio, al lunes 28 de septiembre.
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Recordamos que de acuerdo al artículo 2° de la Ley 26.541 en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
Por tal motivo, en caso de prestar tareas en esa fecha se deberá abonar el 100% adicional a la remuneración del día y en caso de no trabajarlo se deberá abonar el plus por feriado no trabajado.